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Eugenio García, con su hija Olivia. E. C.
La jueza primó en la custodia el arraigo de Olivia a que el padre tuviera una condena por un maltrato

La jueza primó en la custodia el arraigo de Olivia a que el padre tuviera una condena por un maltrato

La madre tuvo la guarda de la niña hasta que se trasladó a vivir a Gijón y su padre la reclamó. En 2020 fue condenado a nueve meses de prisión

OLAYA SUÁREZ

GIJÓN.

Viernes, 4 de noviembre 2022

Al crimen de la pequeña Olivia le continúan saliendo aristas, pero con una única circunstancia clara y principal: una niña de seis años asesinada por intoxicación de tranquilizantes y analgésicos, supuestamente, a manos de su madre. El Tribunal Superior de Castilla y León daba ayer a conocer que el padre de la menor, Eugenio García, había sido condenado en 2020 a nueve meses de cárcel por un episodio de malos tratos a su exmujer durante la separación. La custodia le fue concedida el pasado viernes, cuando aún no se había cumplido el periodo de dos años de suspensión de la condena para evitar el ingreso en la cárcel a condición de no volver a delinquir.

En el fallo condenatorio del juzgado del Penal número 1 por el delito de malos tratos se centra en un episodio vivido el 28 de julio de 2018 en el domicilio familiar. La mujer denunció que Eugenio García la había «agarrado por el brazo izquierdo, zarandeándola y golpeándola en el brazo y en la espalda». Como consecuencia de esa agresión, «la mujer sufrió lesiones consistentes en contusión en el hombro, brazo izquierdo, contusión dorsal izquierda, hematomas y crisis de ansiedad, lesiones que precisaron para su curación 10 días, sin incapacidad».

CRONOLOGÍA

  • 2018 La pareja se separa. Su hija tiene dos años. En julio de 2018 se produce un episodio de maltrato en el domicilio familiar.

  • 2020 El juzgado de lo Penal condena a Eugenio García a nueve meses de cárcel por un delito de maltrato. Le absuelve de injurias y maltrato habitual.

  • Enero de 2022 La madre se traslada a Gijón a vivir con Olivia sin el consentimiento paterno ni judicial. El padre pide la custodia.

  • Octubre de 2022 Le conceden la custodia de la menor al padre, primando el arraigo. La madre, supuestamente, la mata al día siguiente.

La agresión se produjo en el momento en el que se estaban separando, una decisión con la que ella, según la sentencia, no estaba conforme. «El acusado parece decidido a divorciarse y ella parecer ponerle obstáculos para alcanzar su objetivo, lo que desencadena ese incidente explosivo», apunta el contundente fallo del juzgado número 1 de lo Penal de Segovia, que añade: «Le ha quedado claro al juzgador que el acusado dio rienda suelta a un impulso de corte machista y ejerció diversos actos unilaterales de violencia sobre su compañera sentimental, a la que avasalló y subyugó con el fin de demostrarle su egida de dominación».

Daniel Labrador e Ignacio Blanco, abogados del padre de Olivia, entran al despacho del letrado y diputado de Vox, en la calle del Agua. josé simal

«Todos esos incidentes analizados en su conjunto nos revelan un escenario muy cargado y donde el acusado en un momento concreto estalla contra su exmujer, que no le denuncia porque tiene serias dudas de romper la relación que hace agua por todos los lados».

No hubo maltrato habitual

En el mismo procedimiento penal le absuelve del delito de maltrato habitual y de injurias. «No queda suficientemente acreditado que el acusado maltratara habitualmente a la perjudicada», apunta la sentencia, dictada por el juzgado de lo Penal en febrero de 2020 y ratificada posteriormente en noviembre de ese mismo año por la Audiencia Provincial, que desestimó el recurso interpuesto por ella solicitando que a su expareja se le condenase por malos tratos psíquicos, injurias y maltrato habitual. A la condena de nueve meses de cárcel se sumó una orden de alejamiento y comunicación con su expareja y de tenencia de armas por un periodo de dos años.

Se dio la circunstancia de que el juzgado de Familia falló a favor de entregarle la custodia de la pequeña al padre cuando apenas quedan días para que concluyese el periodo de suspensión de la condena y tres meses después de que la madre se trasladase a vivir a Gijón. Hasta entonces, cuando vivía en Segovia, Eugenio García no había solicitado la custodia de su hija.

El juzgado instruyó dos procedimientos en 2021 y 2022 relativos a la autorización judicial de la mujer para trasladarse con la menor a vivir a Gijón. En enero de este año se dictó un auto por el que se le indicaba que tenía que volver a Palazuelos de Eresma, «ya que se había marchado antes de que se dictara la resolución judicial al respecto». Se le indicaba entonces que si su intención era volver a vivir a Gijón, tendría que pedir de nuevo la autorización judicial e instar a la modificación de medidas correspondientes. Así lo hizo Noemí Martínez Largo.

En junio de 2022 el juzgado dictó, como medida provisional, una resolución en la que se autorizaba a trasladarse con Olivia a Asturias, «estableciendo al mismo tiempo un amplio régimen de visitas del hombre y manteniendo la guarda y custodia a favor de ella, porque el hombre se hallaba condenado por un delito de violencia de género por el juzgado de lo Penal número 1 de Segovia». Esa condena fue confirmada en noviembre de 2022 por la Audiencia Provincial de Segovia, «pendiente de cumplimiento de la pena de prisión impuesta al haberse acordado la suspensión de la misma por plazo de dos años bajo la condición de no volver a delinquir en ese plazo».

Así pues, le fue concedida la guarda y custodia de su hija días antes de que concluyese ese periodo de dos años de suspensión del ingreso en prisión. La vista para decidir la custodia tuvo lugar en octubre, en el juzgado de Familia de Segovia. El viernes le notificaban a los padres que la niña regresaría de nuevo a Segovia, al entender que «la menor tenía sus raíces en la provincia de Segovia, su padre, su familia extensa, colegio, vecinos y amigos y ese interés superior de la menor es el que debía primar». Ponía por delante el arraigo de la menor a la condena de malos tratos ocurrida durante la separación de sus progenitores.

Desde el gabinete de prensa del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León emitieron ayer un comunicado en el que apuntaban que «el juzgado ha ido tramitando y resolviendo en todo momento sin demora los procedimientos penales y civiles conforme las partes personadas iban planteando distintas cuestiones a lo largo de los últimos años».

Noemí Martínez Largo denunció a su exmarido 28 veces, por malos tratos físicos, malos tratos psíquicos, abusos a la niña, incumplimiento del régimen de visitas... Llegó a denunciar a la abuela paterna por agresiones a la pequeña durante las vacaciones en el pueblo de Torrecaballeros. Todas esas denuncias fueron archivadas, sobreseídas o con sentencia absolutaria. Todas, excepto la interpuesta por el episodio ocurrido en julio de 2018, cuando Eugenio le puso delante los papeles de divorcio a Noemí y ella no aceptó.

Ayer el abogado segoviano Daniel Labrador, que le llevó todos los pleitos y juicios a Eugenio García en los últimos años, viajó a Gijón para reunirse con Ignacio Blanco, letrado y diputado de Vox, quien representó a la acusación particular el miércoles en el juzgado cuando Noemí Martínez Largo pasó a disposición de la jueza acusada de haber asesinado a su hija de seis años.

Tal y como adelantó ayer EL COMERCIO, la autopsia determinó que Olivia tenía en la sangre una triple dosis mortal de fármacos: tranquilizantes y analgésicos que presuntamente le administró su madre en una taza de cacao con leche un día después de que la jueza le notificase que la custodia pasaría a manos del padre en Segovia. «Antes de entregarla al padre, la mato», dijo a su hermano.

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