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La Agencia Tributaria ha publicado su Plan Anual de Control Tributaria y Aduanero con los objetivos del año 2022. De acuerdo con el texto ya publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), una de las líneas clave de actuación será aumentar la «presencia de la Administración en aquellos sectores y modelos de negocio en los que se aprecie alto riesgo de existencia de economía sumergida».
Por este motivo Hacienda controlará el «uso intensivo de efectivo como único medio de pago o su utilización por encima de las limitaciones cuantitativas legalmente establecidas». En concreto existen seis sectores que están especialmente en el punto de mira.
Desde el pasado julio de 2021 no pueden pagarse en efectivo las operaciones entre empresarios con un importe igual o superior a 1.000 euros, según la nueva ley antifraude. Por tanto, todo cargo que supere dicha cantidad se expone a recibir una multa de un 25% de dicha base. Ni siquiera se permite fraccionar el pago abonando una parte en efectivo y la otra por transferencia bancaria.
Además, cada ingreso bancario que supere los 3.000 euros será notificado al Banco de España y a los técnicos de la Agencia Tributaria, que procederán a solicitar la justificación del mismo al autor de tal movimiento. En caso de no poder hacerlo se podría incluir en el cobro del impuesto del IRPF o aplicar sanciones.
Por último, independientemente de la cuantía, las entidades bancarias también deben alertar si un usuario hace ingresos en efectivo de manera habitual. Para evitar las que parezca algún cobro en negro que vamos fraccionando, lo mejor es recurrir a la transferencia bancaria.
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Estos sectores, que fueron anunciados en el portal especializado 'Autónomos y Emprendedores', afectan a muchos trabajadores autónomos y son los siguientes:
1. El sector de la hostelería y la restauración.
2. El sector de la construcción.
3. El sector de las reformas.
4. El sector del comercio.
5. El sector de la recogida de fruta.
6. El sector de las actividades inmobiliarias.
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