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Gijón
Martes, 30 de noviembre 2021, 14:04
La pandemia de la covid-19 ha impulsado una tendencia que venía años fraguándose: el descenso en el uso del dinero en efectivo, paulatinamente desplazado por el avance de las nuevas tecnologías y en la acelaración inevitable de la digitalización.
Cada vez más usuarios recurren a aplicaciones como Bizum o pagan desde sus teléfonos. Las compras por Internet, la reducción de sucursales y cajeros y la comodidad de sacar dinero desde el móvil han facilitado que cada vez sea menos habitual el uso del dinero en efectivo.
Limitar los pagos en efectivo es también una forma de poner un cerco al dinero negro. Hacienda puede investigar la procedencia de los caudales si entiende que están relacionados con el blanqueo. A efectos legales también se considera efectivo los cheques bancarios al portador, incluidos los electrónicos como por ejemplo las monedas virtuales como el Bitcoin.
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Los bancos deben informar de cualquier retirada o ingreso de dinero que implique la utilización de billetes de 500 euros. A pesar de que la utilización de estos billetes en circulación marcó en mayo su mínimo histórico desde febrero de 2002, es una de las operaciones que Hacienda vigila muy de cerca.
Las entidades bancarias también están obligadas a notificar la retirada de fondos que se realicen en efectivo cuando su importe sea superior a 3.000 euros. Si se detectan ahorros no justificados se puede considerar como una ganancia patrimonial que no ha sido declarada.
Si un usuario realiza ingresos en efectivo de manera habitual, no importa la cuantía, Hacienda también puede investigar. Para evitar esta situación, lo mejor es recurrir a la transferencia bancaria.
Las operaciones que superen los 10.000 euros, ya sea ingresos, retiradas de efectivo o transferencias deben ser comunicadas por los bancos. Tmabién los préstamos superiores a 6.000 euros.
Además, los pagos que realizados por un particular a un empresario que superen los 1.000 euros se deben realizar a través de tarjetas de crédito o transferencias bancarias. En caso de ser sancionados, la multa asciende al 25% del importe abonado, por lo que el mínimo a pagar a Hacienda sería de 250 euros.
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