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Los primeros son los realizados con billetes de 500.
Los dos ingresos bancarios que vigila Hacienda

Los dos ingresos bancarios que vigila Hacienda

Los bancos están obligados a informar de los ingresos realizados con billetes e importes superiores a una cifra en concreto

EL Comercio

Gijón

Domingo, 6 de febrero 2022, 21:04

Con la aprobación en verano de la ley de lucha contra el fraude fiscal que reclamaba Bruselas, Hacienda ha empezado a vigilar ingresos bancarios de efectivo que, si bien no son ilegales, si nos pueden ocasionar algún disgusto si llaman la atención del fisco. Los primeros son los realizados con billetes de 500.

Según la Agencia Tributaria, ingresar en una cuenta corriente 50, 100 o 200 es algo normal. Llegar a los 500, también, siempre que no se haga con un único billete. E incluso alcalzar los mil también se puede porque esa cifra es el máximo que podemos pagar en efectivo pero no para realizar ingresos. Por tanto, ¿cuáles son los límites?

Billetes de 500 euros

Pese a que dejaron de emitirse el 27 de enero de 2019, estos billetes siguen siendo de curso legal, aunque, eso, sí están muy vigilados. Los bancos no tienen orden de retirarlos, pero sí están obligados a informar de todas y cada una de las operaciones que se realicen con ellos.

Ingresos en efectivo superiores a 3.000 euros

Al margen de los billetes que empleemos, la cantidad a partir de la cual un ingreso en metálico podría ser sospechoso para quienes tratan de controlar el fraude fiscal o el banqueo es de 3.000 euros. La sucursal no va a ponerte ninguna pega si superas ese importe, pero deberá informar a Hacienda, que podría considerarlos como ganancia patrimonial no justificada.

Por último, independientemente de la cuantía, las entidades bancarias también deben alertar si un usuario hace ingresos en efectivo de manera habitual. Para evitar las sospechas de Hacienda, que puede pensar que se trate de algún cobro en negro que vamos fraccionando, lo mejor es recurrir a la transferencia bancaria.

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