Un coche eléctico. Fotolia

¿Quién podrá beneficiarse de las ayudas a los coches eléctricos?

Los híbridos enchufables y las motos están incluidos en esta línea de ayudas, aunque quedan fuera los turismos que cuesten más de 45.000 euros sin IVA

E. C.

Viernes, 30 de junio 2023

Las búsquedas de vehículos eléctricos en Internet han bajado tras conocerse la letra pequeña de la deducción de IRPF del 15% aprobada este martes en el Consejo de Ministros. Según indica AutoScout24 en un comunicado este miércoles, la caída, de 21 puntos porcentuales entre ... lunes y martes, se debe a que la iniciativa no incluye al vehículo eléctrico usado, no se adelanta el dinero ni se concreta una cantidad visible de ahorro para el consumidor. Además, para aprovecharse de la medida es necesario presentar la declaración de la renta, pese a no tener la obligación de hacerla por no superar el umbral de ingresos anuales.

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Lo primero que hay que saber es que estas ayudas para la compra de coches eléctricos llegan en forma de desgavaciones, que serán deducibles durante los dos próximos ejercicios, hasta finales de 2024. No obstante, este plazo podría ampliarse un año.

De esta forma, quienes compren un vehículo eléctrico podrán deducir en su declaración de la renta el 15% del coste del coche. Pero esta medida no incluye a cualquier turismo.

¿Quiénes pueden beneficiarse de las ayudas para comprar coches eléctricos?

Solo pueden beneficiarse las personas que compren un coche eléctrico nuevo desde este viernes hasta el 31 de diciembre de 2024, con opción a ser prorrogado un año más.

También entran en estas ayudas los híbridos enchufables y las motos. Eso sí, solo podrán acceder a ella los vehículos que no superen los 45.000 euros sin IVA (unos 54.500 con el IVA del 21%). La cifra sube a 53.000 euros en el caso de vehículos BEV (de batería) de ocho o nueve plazas (64.100 con IVA).

En todo caso, esos precios dejan fuera de la subvención a marcas más premium, donde es prácticamente imposible encontrar turismos eléctricos con un precio inferior a los 50.000 euros.

También se podrá acceder a la deducción si se abona en el mismo plazo una cantidad al contado de, como mínimo, el 25% del valor de adquisición del futuro vehículo eléctrico, debiendo abonarse el resto y adquirirse el vehículo antes de que finalice el segundo período impositivo posterior, es decir, el siguiente ejercicio, al del pago de esa cantidad al contado.

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En ambos casos, la base máxima deducible es de 20.000 euros, que incluirá el valor de adquisición del vehículo, incluidos gastos y tributos, y descontará las cuantías que hayan sido subvencionadas a través de un programa de ayudas públicas, como por ejemplo, el Moves III, con el que es compatible la deducción.

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