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En 2022, para poder acceder a la jubilación , la edad mínima es de 65 años y el periodo de cotización es de un mínimo de 37 años y 6 meses. Durante este año las personas que hayan cotizado durante un tiempo inferior al mínimo establecido tendrán que esperar hasta los 66 años y 2 meses para retirarse del mercado laboral.
La reforma introducida por la ley de modernización del sistema de la Seguridad Social, aprobada en 2011, estableció un incremento paulatino de la edad de jubilación hasta 2027, cuando la edad de jubilación llegará a los 67 años para las personas que no tengan 38 años y seis meses cotizados. Las que sí lo cumplan tendrán una edad de jubilación ordinaria de 65 años. La edad de jubilación es uno de los cambios que entrarán en vigor en 2023.
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Además el año que viene el Gobierno prevé actualizar las pensiones, de cara al próximo año. La base de este cálculo es la inflación media de los últimos 12 meses a cierre de noviembre y, según las previsiones, el incremento rondará el 8,5%.
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La Seguridad Social pone a disposición de los ciudadanos una tabla de jubilación en la que se plantea de forma simplificada toda la información más relevante y donde se puede ver la evolución de los períodos cotizados y la edad de forma rápida hasta 2027:
Año | Periodos cotizados | Edad de jubilación | ||
---|---|---|---|---|
2022 | 37 años y 6 meses o más | 65 años | ||
2022 | menos 37 años y 6 meses | 66 años y 2 meses | ||
2023 | 37 años y 9 meses o más | 65 años | ||
2023 | menos 37 años y 9 meses | 66 años y 4 meses | ||
2024 | menos 38 | 66 años y 6 meses | ||
2024 | menos 37 años y 9 meses | 66 años y 4 meses | ||
2025 | 38 años y 3 meses o más | 65 años | ||
2025 | menos 38 años y 3 meses | 66 años y 8 meses | ||
2026 | 38 años y 3 meses o más | 65 años | ||
2026 | menos 38 años y 3 meses | 66 años y 10 meses | ||
A partir de 2027 | 38 años y 6 meses o más | 65 años | ||
A partir de 2027 | Menos 38 años y 6 meses | 67 años |
Los trabajadores que no cumplan con los requisitos indicados en el apartado anterior sí podrán acceder a la jubilación parcial, que también aumenta cada año tal y como se ve reflejada en la siguiente tabla:
Año | Edad exigida según períodos cotizados | Edad exigida con 33 años cotizados | ||
---|---|---|---|---|
2022 | 62 y 2 meses: 35 años y 6 meses o más | 35 años y 6 meses o más | ||
2023 | 62 y 4 meses: 35 años y 9 meses o más | 63 y 8 meses | ||
2024 | 62 y 6 meses: 36 años o más | 64 años | ||
2025 | 62 y 8 meses: 36 años y 3 meses o más | 64 y 4 meses | ||
2026 | 62 y 10 meses: 36 años y 3 meses o más | 64 y 8 meses | ||
2027 y siguientes | 63 años: 36 años y 6 meses | 65 años |
La prejubilación, ya sea de forma voluntaria o porque se ven incapaces de seguir trabajando hasta la la edad legal vigente, también es otra opción que se plantean muchos ciudadanos aunque su pensión se vea recortada.
La modalidad voluntaria será una opción para aquellas personas que hayan reunido 37 años y seis meses cotizados, por lo que su edad legal de jubilación ordinaria se reduce, permitiendo prejubilarse a los 63 años.
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A. S. GONZÁLEZ
La involuntaria, por otra parte, se produce por el cese no voluntario del trabajo. Para esta modalidad se deben tener cotizados 33 años, tener cuatro años o menos por debajo de la edad legal para jubilarse y, además, ser demandante de empleo, como mínimo, durante seis meses. Por tanto, esta es la única modalidad que permite la prejubilación con 62 años.
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