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El uso del dinero en efectivo está a la baja. No solo los más jóvenes tiran más de tarjeta o el móvil, el pago con métodos electrónicos está ganando adeptos en todas las franjas de edad. Pero aunque el uso del dinero en metálico ya no esté tan generalizado, Hacienda sigue vigilando muy de cerca las operaciones y movimientos con este método de pago.
El pasado julio, Hacienda decidió reducir la cantidad hasta la que se puede permitir un abono con monedas y billetes de curso legal, que ha condicionado las grandes compras a límites de 1000 euros en efectivo. Quienes superen este máximo, se enfrentarán a multas que suponen hasta el 25% de la cantidad pagada en función de la cifra total del pago.
En muchas ocasiones optamos por acudir al banco para dejar aquellas monedas que acumulamos y que nos llegan a resultar un tanto engorrosas a la hora de pagar, bien porque son de una cantidad muy pequeña (céntimos) o porque tenemos demasiadas como para darles salida. En estos casos vamos a las entidades bancarias para que nos hagan el pertinente ingreso y poder quitarnos de encima todo ese metálico, o intentamos pagar con ellas en alguna tienda.
Pero hay algo que debemos tener en cuenta: tanto los establecimientos comerciales como las entidades bancarias pueden negarse a aceptar ciertas cantidades de monedas y rechazarte el pago. Así que nada de ir a la tienda a quitarte de encima multitud de monedas de uno o cinco céntimos.
La cantidad máxima que una persona puede usar para pagar en efectivo queda reglada en la orden comunitaria CE 2169/2005, en la que se establece que «ninguna parte estará obligada a aceptar más de 50 monedas en cada pago». Eso sí, a excepción de «la autoridad emisora y las personas expresamente designadas por la legislación nacional del Estado miembro emisor».
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Por lo tanto, ni los bancos ni ninguna tienda está en la obligación de recogerte más allá de 50 monedas. De hecho, el propio Banco de España lo detalla en su página web: «Tu banco no tiene obligación alguna de aceptar más de 50 monedas en un pago, salvo que realice actividades delegadas de caja pública, lo que ocurre, por ejemplo, cuando cobra impuestos y tasas municipales», puntualiza la entidad.
No obstante, el Banco de España y el Banco Central Europeo son las dos únicas excepciones a esta norma, ya que están obligados a aceptar todos los pagos, sin importar qué cantidad de monedas tengan.
En base a la normativa, la cantidad máxima que podrás pagar con monedas es de 100 euros (50 monedas de 2€) y la mínima 50 céntimos (50 monedas de un céntimo).
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