El Servicio Público Estatal recuerda los requisitos para recibir el subsidio de cotizaciones insuficientes. Óscar Cañas

¿Tienen derecho a un subsidio los desempleados que han cotizado menos de un año?

El SEPE recuerda a través de sus redes sociales que se puede acceder a esta ayuda si se ha trabajado un mínimo de meses dependiendo de las cargas familiares

EL Comercio

Gijón

Jueves, 13 de enero 2022, 04:00

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha recordado a través de sus redes sociales los requisitos para recibir el subsidio de cotizaciones insuficientes dirigida a aquellos desempleados que no han trajado más de un año y, por lo tanto, no tienen derecho a una prestación contributiva.

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Los requisitos que añade la Seguridad Social para recibir la cuantía son los siguientes:

- Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo y mantener dicha inscripción durante todo el período de percepción y suscribir el compromiso de actividad.

- Haber cotizado por desempleo al menos 3 meses, si usted tiene responsabilidades familiares, o al menos 6 meses si no las tiene, y no llegar a 360 días.

- No percibir rentas de cualquier tipo superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, sin contar la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.

Cuantía

La cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80 % del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM). En el caso de pérdida de trabajo a tiempo parcial, dicha cuantía se percibirá en proporción a las horas previamente trabajadas en el último contrato.

Durante la percepción del subsidio, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a las prestaciones de asistencia sanitaria y, en su caso, protección a la familia.

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Duración

La duración del subsidio depende del número de meses cotizados y de si el trabajador tiene o no responsabilidades familiares. En caso afirmativo, la prestación se extenderá 3, 4 o 5 meses si ha cotizado 3, 4 o 5, respectivamente.

El subsidio durará 21 meses, si ha cotizado 6 o más meses (en este supuesto, el derecho se reconocerá por seis meses, y se puede prorrogar por períodos de 6 meses hasta su duración final).

Si no tiene responsabilidades familiares, el subsidio durará 6 meses, si ha cotizado 6 o más meses. En el caso de personas trabajadoras fijas discontinuas, la duración del subsidio será igual al número de meses cotizados por desempleo en el año anterior a la solicitud.

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Las cotizaciones que sirvieron para aprobar este subsidio, no podrán ser tenidas en cuenta en una situación legal de desempleo posterior, para acceder a una nueva prestación de nivel contributivo o asistencial.

Documentación necesaria

El trabajador deberá aportar una serie de documentos a la hora de solicitar este subsidio:

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-Modelo oficial de solicitud, que aparece en la página web del SEPE. La hoja informativa sobre este subsidio es la siguiente:

-Identificación de la persona solicitante, de su cónyuge y de los hijos o hijas que conviven o están a su cargo y que aparezcan en la solicitud (DNI, pasaporte o NIE).

-Cualquier documento bancario en el que figure el número de cuenta de la que sea titular y donde desee percibir la prestación.

-Libro de Familia o certificación del Registro Civil de nacimiento o de familia. En el caso de las personas extranjeras, documento equivalente a los citados anteriormente, con traducción oficial al español.

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-Certificado de empresa en el que se acredite la situación legal de empleo (si no ha sido enviado por la empresa al Servicio Público de Empleo Estatal). Solo en aquellas situaciones en las que el certificado de empresa no fuera suficiente para acreditar la situación legal de desempleo, es necesario aportar otro documento acreditativo que corresponda.

-Justificante de las rentas, si lo solicita el Servicio Público de Empleo Estatal.

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