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J. C. ROMÁN
SEPE - Parados - Ayudas: El aviso del SEPE a los mayores de 52 años en paro para obtener el subsidio
SEPE - Parados - Ayudas

El aviso del SEPE a los mayores de 52 años en paro para obtener el subsidio

No cumplir con un trámite obligatorio de carácter anual supondrá la suspensión de esta ayuda que, además, cotiza para la jubilación

A. S. GONZÁLEZ

Oviedo

Miércoles, 28 de diciembre 2022, 15:58

Los parados mayores de 52 años tienen derecho a cobrar su prestación por desempleo, siempre que cumplan los requisitos de cotización exigidos. En caso de no hacerlo, existe una ayuda específica para este colectivo que cuenta con sus propios requisitos. No obstante, el Servicio de Empleo Público (SEPE) ha lanzado un aviso para aquellos que lo soliciten.

Los requisitos para acceder al subsidio por desempleo para mayores de 52 años son varios. El primero, es el más obvio: el demandante debe permanecer en situación de desempleo y haber cumplido los 52 años. Es necesario, además, que carezca de la condición de trabajador fijo discontinuo. También debe haber agotado su prestación contributiva o el subsidio por desempleo y contar, al menos, con 15 años cotizados, dos de ellos dentro de los últimos quince años.

Asimismo, los solicitantes deben haber cotizado al desempleo al menos durante seis años en su vida laboral y carecer de rentas propias que en cómputo mensual sean superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional.

El organismo exige, como ha recordado estos días, que los beneficiarios presenten anualmente una declaracion de sus rentas que justifique la necesidad de seguir cobrando la prestación. De no hacerlo, se interrumpirá tanto el abono del subsidio como de su correspondiente cotización.

La documentación debe presentarse cada 12 meses desde la fecha del nacimiento del derecho al subsidio, o desde que se reanudó por última vez. El plazo para presenta la declaración es de hasta 15 días respecto a la fecha en la que se cumpla el año.

La declaración anual de rentas

Si transcurrido ese tiempo el SEPE no la recibe, la prestación se suspende. Se reanudará el cobro una vez que sea presentada, «pero con efectos desde la fecha en la que se entregue».

La declaración anual de rentas del subsidio de mayores de 52 años puede tramitarse a través de la sede electrónica del SEPE, siempre que se dispone de certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña Cl@ve. Si el solicitante no dispone de claves de acceso a internet, o sus rentas han superado en algún mes el umbral del 75% del SMI, tendrá que acudir a su oficina de prestaciones, previa petición de cita en la web del SEPE o por teléfono (912738384).

El importe de la cuantía de la ayuda por desempleo para mayores de 52 años es igual al 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (Iprem) y en 2023 alcanzará los 480 euros. El pago se abona por mensualidades, entre los días 10 y 15 del mes siguiente al que corresponda el devengo.

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