Navidad en Asturias: máximo 10 personas y no habrá cabalgatas ni San Silvestres

El cierre perimetral se mantiene durante las fiestas para primar la seguridad, aunque se permitirá la entrada y salida para visitar a familiares y allegados | El horario de movilidad nocturna se amplía en Nochebuena y Nochevieja hasta la 1:30 de la madrugada con el fin de facilitar el regreso al domicilio

el comercio

Viernes, 11 de diciembre 2020, 15:38

El Boletín Oficial del Principado (Bopa) publicará esta tarde el decreto del presidente por el que se adoptan medidas para contener la propagación del coronavirus en Navidad.

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Límite de 10 personas y máximo de dos grupos convivientes

En este contexto, el Ejecutivo limitará los encuentros de las fiestas navideñas durante los días 24, ... 25 y 31 de diciembre y 1 y 6 de enero, a un máximo de diez personas, salvo que se trate de convivientes. Además, estas reuniones solo se podrán realizar entre un máximo de dos grupos de convivencia, afirman desde el Gobierno regional: «Somos más estrictos que otras comunidades».

Sin cabalgatas de Reyes, ni San Silvestres ni Campanadas

Por otra parte, no se autorizarán cabalgatas de Reyes, carreras de San Silvestre ni campanadas de Nochevieja, dado que se trata de eventos multitudinarios que podrían facilitar la difusión de la covid-19.

El Gobierno de Asturias recuerda que estas Navidades serán diferentes por los efectos de la pandemia y apela a la prudencia y a la responsabilidad individual y colectiva para reducir la movilidad y los contactos sociales. La Consejería de Salud aconseja especialmente retrasar celebraciones, comidas y encuentros hasta que la situación epidemiológica sea más favorable.

Se mantiene el cierre perimetral de Asturias

Durante las fiestas, el Principado mantendrá el cierre perimetral de la comunidad para primar la seguridad, aunque se permitirá la entrada y salida hacia otros territorios para visitar a familiares y allegados, entendido este último concepto como aquellas personas con las que, sin tener una relación de parentesco, se mantenga un vínculo afectivo de pareja o análogo.

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Ampliación de horarios

A partir del 14 de diciembre, la movilidad nocturna estará limitada entre las 23:00 y las 6:00 horas, excepto en las madrugadas del 24 al 25 de diciembre y del 31 de diciembre al 1 de enero, cuando se ampliará hasta la 1:30 horas, exclusivamente para facilitar el regreso al domicilio. En estos dos casos (Nochebuena y Nochevieja), así como el 6 de enero, la restricción de la circulación se extenderá hasta las 7:00 horas.

En horario nocturno, solo se permitirá la salida para adquirir medicamentos, productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad; para asistir a centros médicos y veterinarios, para acudir o regresar del trabajo, para el cuidado de personas mayores, dependientes, con discapacidad o especialmente vulnerables y para cualquier otra actividad debidamente acreditada.

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Actos religiosos al 50%

Los actos religiosos se podrán realizar tanto en espacios al aire libre como en interiores, con un límite del 50% del aforo y respetando siempre la distancia de seguridad interpersonal, así como los horarios y la limitación de movilidad nocturna vigente.

La Dirección General de Salud Pública recuerda que la vuelta a casa durante las vacaciones puede suponer un riesgo para las personas del entorno, por lo que se recomienda evitar la actividad social antes y durante la estancia.

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