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Los servicios jurídicos de los gobiernos autonómicos apenas han tenido 72 horas para crear el armazón normativo con el que afrontarán la pandemia cuando el domingo ya no tengan el paraguas del estado de alarma para imponer restricciones de derechos fundamentales. La decisión del Ejecutivo central de cambiar las reglas del juego sin previo aviso y de manera exprés el pasado martes ... con la reforma contrarreloj de la legislación del contencioso administrativo para involucrar al Tribunal Supremo en las restricciones ha sumido a las comunidades todavía más en la inseguridad jurídica y en la improvisación.
La respuesta de las autonomías, además, ha provocado la ruptura casi total de la homogeneidad, ya no solo de las medidas, sino en los procedimientos. Por lo menos menos cuatro autonomías –País Vasco, Baleares, Cataluña y Galicia– han recurrido a la inédita fórmula, sin ningún precedente, de consultar previamente a los respectivos tribunales superiores de justicia (TSJ) sobre la posible legalidad de sus futuras restricciones y las primeras respuestas contradictorias no han hecho más que ahondar la sensación de caos jurídico que se prevé en las próximas jornadas. Mientras los TSJ de la Comunidad Valenciana y de Baleares han avalado las medidas propuestas por sus ejecutivos regionales, el tribunal del País Vasco ha decidido que no pueden mantenerse el toque de queda nocturno, los confinamientos perimetrales autonómico o municipales, ni el límite de agrupaciones de cuatro personas.
Pero no solo existe diferencias en los criterios, sino también en el propio hecho de solicitar la consulta: otros gobiernos autonómicos no han podido recurrir a este 'asesoramiento' tan anómalo porque los propio superiores ya les advirtieron de que solo pueden pronunciarse ante documentos oficiales y por el trámite oficial, esto es, a través de resoluciones una vez que los planes sean aprobados.
La decisión del Gobierno de Pedro Sánchez de autorizar a las comunidades para que puedan recurrir de forma exprés al Supremo en el caso de que los superiores tumben sus recortes de libertades ha desconcertado a la gran mayoría de los técnicos autonómicos. Y es que hasta el mismo martes que la vicepresidenta Carmen Calvo presentó la reforma que endosaba al Supremo el visto bueno a las restricciones, el mensaje que Moncloa estaba trasladando de forma machacona a las comunidades es que no debían preocuparse porque los superiores iban a avalar sin problemas las restricciones de derechos fundamentales porque precisamente el Interterritorial iba a dictar, a través de «acciones coordinadas», resoluciones de «obligado cumplimiento» para todas las comunidades, las restricciones necesarias en cada momento.
«Salvo el confinamiento en nuestras casas, que es lo que limita de verdad nuestra libertad deambulatoria, y que solo se puede tomar por la vía de una situación excepcional del artículo 116 de la Constitución por afectar a derechos fundamentales, casi todo es posible con las legislación sanitaria vigente, las acciones coordinadas y las órdenes ministeriales», llegó a garantizar el pasado 15 de abril la número dos del Gobierno.
Ese mismo día, la vicepresidenta aseguró que el pasado otoño «en el 99%» de los casos la justicia avaló entonces las restricciones acordadas por distintos gobiernos para restringir la movilidad de los ciudadanos. Pero lo cierto es que esas decisiones judiciales fueron muy dispares ante supuestos similares. Tribunales como los superiores de Navarra, Galicia o Castilla y León sí confirmaron los cierres perimetrales, pero otros como los de Aragón o Madrid los tumbaron. Hubo jueces que bendijeron los toques de queda o las limitaciones de reuniones, como hicieron en Cataluña, y otros que no avalaron esas medidas, como el Superior del País Vasco, tras la demanda de los hosteleros, o algún juez en Extremadura.
Y con esta inseguridad jurídica llevada al extremo y sin certeza alguna de que el Supremo, llegado el momento, no desmonte todo el plan post-estado de alarma, la panoplia de las comunidades cubre todo el espectro posible en un claro ejemplo de falta de homogeneidad de medidas: desde el Madrid más liberal que no solo suprime el toque de queda, sino incluso acaba con el límite de personas en reuniones por entender que «no existe cobertura suficiente para limitar derechos fundamentales», a Baleares, que asegura que va a mantener la prohibición de limitar los movimientos nocturnos después de que un tribunal superior dividido le haya 'autorizado' de manera preventiva a hacerlo.
A pesar del enfado mayúsculo que la reforma exprés ha provocado en el Supremo; pese a que el propio presidente de la Sala de lo Contencioso del alto tribunal, César Tolosa, ha avisado a Moncloa de que «los jueces no estamos para gobernar»; y no obstante el informe del Gabinete Técnico del tribunal advirtiendo de que esta modificación podría ser incluso inconstitucional por limitar derechos fundamentales vía decreto ley, el Ejecutivo central volvió ayer a defenderla con contundencia. Es más, la propia Calvo apuntó que el Supremo tiene que involucrarse. La vicepresidenta, que aseguró que el Gobierno ha asumido «las responsabilidades jurídicas en exclusiva» hasta ahora, insistió, en que «todo el mundo tiene que ayudar después de un año muy duro».
En idéntica línea, el titular de Justicia, Juan Carlos Campo, afirmó que «el decreto es tremendamente constitucional» porque «empodera al Supremo en su rol constitucional». «Que situaciones iguales tenga el mismo tratamiento es digno de aplauso», abundó el ministro, que se negó a valorar las críticas del propio Tolosa.
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