![La cuantiosa multa que te puede poner Hacienda por entregar dinero en efectivo a tu hijo](https://s3.ppllstatics.com/elcomercio/www/multimedia/2024/08/08/declaracion-renta-kKxB-U140562633606QRH-1248x770@El%20Comercio-kDtH-U220936362446uk-1200x840@El%20Comercio.jpg)
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Los ciudadanos le deben rendir cuentas a Hacienda de todos los movimientos de dinero y del estado de sus cuentas bancarias si no quieren ser objeto de alguna inspección y llevarse un susto, que puede derivar en sanciones económicas en caso de que la Agencia Tributaria detecte alguna irregularidad.
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Esta vigilancia se debe sobre todo al control para evitar que haya blanqueo de capitales o de que se produzca alguna financiación indebida por lo que existen límites para realizar operaciones bancarias como las transferencias ya que si sobrepasan la cantidad de 10.000 euros serán objeto de investigación en caso de no declararlas. Pero la duda surge cuando esas transacciones se hacen entre familiares o entre parejas para, por ejemplo, pagar los recibos.
¿Debo declarar también ese dinero? En teoría, sí, ya que Hacienda considera que son donaciones y, en caso de no declararlas, encubiertas, por lo que la cuantía máxima para no ser investigado por ello se fija en 6.000 euros. De esta forma, un gesto tan cotidiano y de ayuda como entregar dinero a un hijo se deberá notificar a la AEAT en un plazo de 30 días tras recibir dicha cantidad y así, también, obtener beneficios como desgravarla en la Declaración de la Renta u obtener alguna bonificación para no pagar impuestos. Sea como fuere, si exceden ese límite da igual que el traspaso sea entre familiares ya que habrá que declarar ese dinero.
De lo contrario, el ciudadano se expone a sanciones económicas que van desde el 50% de la cantidad de dinero que no se pagó si fue una transacción de 3.000 euros o menos, hasta las multas más graves que acarrean multas de hasta el 150%.
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