La consejera de Cultura, Política Lingüística y Turismo, Berta Piñán.

La decisión de prohibir la exposición del programa en asturiano está avalada por Reglamento del Parlamento

El texto solo reconoce a los diputados, condición que no tiene la consejera, el derecho a expresarse en asturiano en el ejercicio de sus funciones

Martes, 1 de octubre 2019

Hoy por hoy, con la legislación actual en la mano, la facultad para el uso del asturiano no exige un deber de conocerlo. Y quizá por ello, el rifirrafe en el Parlamento durante la intervención de la titular de Cultura, Política Llingüística y Turismo se ... resolvió con premura. O así lo escenificaba la propia Berta Piñan, quien zanjaba la polémica, tras el receso de cinco minutos solicitado por la presidenta de la comisión para consultar con los servicios jurídicos, diciendo que «reiniciaba su intervención en castellano acatando el reglamento de esta Cámara».

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Se refería la consejera así al artículo 11 del Reglamento de la Junta General, integrado en el capítulo dedicado a los derechos de los diputados –condición que ella no tiene– y que especifica que «en el marco de lo dispuesto por el Estatuto de Autonomía y, en su caso, la legislación que lo desarrolle, los diputados podrán utilizar el bable en el ejercicio de sus funciones parlamentarias». Pero, en derecho, no son pocas las ocasiones en las que varias intepretaciones son posibles. «En este caso concreto se ha elegido la más restrictiva posible», subraya José Manuel Pérez, profesor de derecho administrativo de la Universidad de Oviedo. En este sentido añade que «lo lógico, cuando existe un vacío legal, sería elegir la fórmula más favorable al ejercicio del derecho y, en este caso había fundamentos jurídicos para permitir usarlo».

En la decisión se ha tenido en cuenta el artículo 23.2 de la Constitución española, que dice que los ciudadanos «tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes».También se ha atendido la Ley sobre el uso del asturiano aprobada en 1998. En ella puede leerse en su artículo 4 que «todos los ciudadanos tienen derecho a emplear el bable/asturiano y a expresarse en él, de palabra y por escrito» y que será válido «en las comunicaciones orales o escritas».

A este respecto, en los últimos años se ha podido asistir a plenos o comisiones parlamentarias en la Junta General en las que el comparenciente se expresaba en asturiano sin ver interrumpida su intervención. «Con lo sucedido ayer se puede llegar a situaciones absurdas en un futuro», advierte José Manuel Pérez. «Si ahora se hace esta interpretación, hoy se ha aplicado a la consejera pero mañana un diputado puede hacer uso del asturiano en el Pleno y tener que detenerse cuando otro diputado levante la mano diciendo que no lo entiende».

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