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Con la llegada del nuevo año, los conductores españoles van a tener que acostumbrarse a las nuevas normas de tráfico. El Parlamento ha aprobado este 2021 la décimo novena reforma de la Ley de Tráfico. Entre los principales cambios que se han aprobado, se incluye un recorte de la velocidad, al suprimir el margen de 20 kilómetros por hora al adelantar en carreteras convencionales; y un aumento de la pérdida de puntos en determinadas situaciones. El nuevo texto entrará en vigor el desde el 21 de marzo y estas son las nuevas sanciones que se van a aplicar a partir de entonces:
A partir dle 21 de marzo no se podrá rebasar la velocidad en 20 km/h para adelantar. en las carreteras convencionales. El Senado aprobó esta polémica enmienda criticada por la oposición, que la califican como medida «recaudatoria».
El recorte de velocidad también ha sido censurado por asociaciones de conductores como el RACE: « Supone triplicar el tiempo para hacer la maniobra, y más del doble de distancia que recorrer en el carril de sentido contrario», han asegurado en un comunicado.
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EL Comercio
Se trata de una medida que ya se implementa en otros países europeos y que la DGT quería implementar para reducir el número de accidentes y fallecidos en carreteras secundarias.
Seis puntos de sanción por adelantar de forma peligrosa a un ciclista. El conductor debe guardar la distancia de 1,5 metros en todo momento y tendrá de forma excepcional permiso para invadir el carril contrario si es necesario para efectuar con seguridad el adelantamiento.
La nueva ley sustituye la infracción grave consistente en «utilizar» mecanismos de detección de radares o cinemómetros por el mero hecho de «llevar en el vehículo» esos dispositivos. El nuevo tipo infractor mantiene la pérdida de 3 puntos y 500 euros de sanción.
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La norma abre la puerta a regular los controles de alcohol y drogas a conductores profesionales, y que los alcoholímetros antiarranque sean obligatorios en vehículos de transporte de mercancías desde el 6 de julio de 2022.
Conducir con el móvil en la mano supondrá una sanción de seis puntos, tres más que antes. Además, la norma introduce un matiz: sustituye «utilizar» por «conducir sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil».
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Antes, este detalle permitía a muchos conductores librarse de la multa. En marzo supondrá una infracción cuya multa ascenderá a 500 euros y conllevará la retirada de 6 puntos de carnet.
No utilizar el cinturón de seguridad, los sistemas de retención infantil, el casco y otros elementos de protección supondrá una sanción de cuatro puntos, en vez de los tres actuales. Además, se multará el mal uso de estos elementos. Se mantiene la misma sanción de 200 euros.
Se eleva de 4 a 6 puntos para quienes tiren algún tipo de desperdicio a la vía. Se considerará un riesgo para el resto de los usuarios que circulan por esa carretera.
Los vehículos de movilidad personal (patinetes) y las bicicletas y ciclos no podrán circular por las aceras y los conductores tendrán que utilizar casco. Reglamentariamente se fijarán las excepciones que se determinen.
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La norma se refiere a patinetes y otros elementos de movilidad de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos cuya velocidad máxima está entre 6 y 25 km/h.
Los conductores de estos vehículos podrán ser sometidos a pruebas de alcoholemia, con una tasa cero para los menores. No podrán utilizar auriculares. Será obligatorio también contar con certificado de circulación.
Otra novedad es que se introduce una nueva infracción grave, con 200 euros de cuantía por no respetar las restricciones de circulación derivadas de la aplicación de los protocolos ante episodios de contaminación y de las zonas de las bajas emisiones.
Se introduce, como infracción con 500 euros de sanción, utilizar dispositivos de intercomunicación no autorizados reglamentariamente en las pruebas para la obtención y recuperación de permisos o licencias de conducción u otras autorizaciones administrativas para conducir o colaborar o asistir con la utilización de dichos dispositivos.
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Además, el aspirante no podrá presentarse de nuevo a las pruebas para la obtención del permiso en el plazo de 6 meses.
La nueva normativa posibilita la realización de un conducción segura para obtener dos puntos adicionales. La condición para poder hacerlo es tener un saldo positivo de puntos. Se establece que se pueda realizar un curso cada dos años y no se podrá tener más de 15 puntos en el carnet.
Un conductor que pierda varios puntos, siempre que no pierda todos, podrá recuperar automáticamente el saldo inicial de 12 puntos una vez que pasen dos años sin infracción ninguna.
A partir de marzo, se podrá conseguir el permiso de conducción de camiones a los 18 años. Antes era a los 21. El requisito es aprobar el Certificado de Aptitud Profesional (CAP) de 280 horas de duración.
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También baja a 18 años la edad mínima para conducir autobuses sin pasajeros y en un radio de 50 km. Solo a partir de los 21 años y con el CAP de 280 horas se podrán llevar pasajeros.
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