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El no contar con el carnet de conducir físicamente dejará de ser sancionable por lo que ya no habrá multa. J. C. Tuero
La DGT suprime una de las multas más habituales: hasta 80 euros de ahorro

La DGT suprime una de las multas más habituales: hasta 80 euros de ahorro

La nueva Ley de Tráfico ha endurecido algunas sanciones, pero ha suprimido otras

EL Comercio

Gijón

Lunes, 28 de noviembre 2022, 18:55

La Dirección General de Tráfico (DGT) estipula unas normas de circulación, las cuales, de no cumplir, conllevan unas sanciones que oscilan entre la pérdida de puntos (las más graves) o únicamente el desembolso de dinero. Las primeras suelen responder a infracciones como conducir bajo los efectos de sustancias estupefacientes, superar la velocidad máxima permitida o utilizar el móvil.

Sin embargo, las más comunes conllevan pagar una multa que, aunque no resulta tan preocupante como una pérdida de puntos, pueden 'doler' aún más dependiendo de la cantidad que se tenga que abonar.

La nueva Ley de Tráfico -en vigor desde el pasado 21 de marzo- ha cambiado algunas de estas sanciones, endureciéndolas en muchos casos, como conducir con el teléfono móvil o arrojar a la vía objetos que puedan producir incendios forestales —seis puntos menos por cada una de estas infracciones—; del mismo modo, se ha eliminado la posibilidad de rebasar hasta 20 km/h los límites de velocidad fijados para las carreteras convencionales al adelantar.

Aunque ahora algunas sanciones son más severas, otras, en cambio, se han relajado a tal nivel que han llegado incluso a desaparecer. Las nuevas tecnologías han ayudado a que esto pase, siendo su implementación un alivio para los conductores en algunos casos.

Solo hará falta el DNI o la app

Normalmente, los conductores de España saben que siempre deben llevar en el coche tres documentos imprescindibles: el permiso de conducir, el de circulación y la tarjeta de inspección técnica. El carnet de conducir es el más básico de todos e, irónicamente, suele ser el más olvidadizo; hasta ahora, carecer del carnet físico conllevaba una multa de diez euros, que podía ascender hasta los ochenta si había algún dato incorrecto o no estaba actualizado.

Gracias a la última normativa, ya no será obligatorio llevar el carnet de conducir físicamente, bastará con portar el DNI o con enseñar la app 'miDGT' el cual vincula el carnet de conducir con el teléfono móvil. Con cualquiera de estos dos métodos, uno podrá identificarse sin falta de necesitar el carnet de conducir físico, por lo que ya no habrá sanción al olvidarlo.

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