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I. V.
GIJÓN.
Sábado, 31 de agosto 2019, 02:10
Entre las modificaciones que recoge el proyecto de ordenanzas fiscales para 2020 presentado esta semana por la concejala de Hacienda hay algunas encaminadas a garantizar el cobro por parte del Ayuntamiento de determinadas tasas e impuestos ya existentes. O, en palabras del Ayuntamiento, a «facilitar su gestión». Un caso llamativo es el de la reserva de espacio de aparcamiento en las calles, por ejemplo para la realización de una mudanza. Actualmente, por acotar un tramo de cinco metros lineales en un determinado lugar para la carga o descarga de los muebles y enseres hay que pagar una tasa de 3,5 euros al día. Pero el año que viene esta cantidad subirá hasta los 6 euros.
La nueva cifra no es casual. Esa es la cuantía mínima a partir de la cual el Ayuntamiento puede encargar al Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias iniciar «la vía ejecutiva» para el cobro de una determinada obligación fiscal, pues para cantidades inferiores no resultaría rentable poner en marcha todos los mecanismos burocráticos que conlleva reclamar ese pago. «A partir de seis euros podemos exigir el cobro no voluntario de las tasas y por lo tanto queremos establecer esa tarifa mínima en algunos casos como el de las mudanzas», explicó Marina Pineda durante la presentación del proyecto de las ordenanzas que regularán los tributos del próximo año.
En la misma situación que las mudanzas se encontrarían las operaciones de carga y descarga de vehículos con un tonelaje superior a 3.000 kilos que se realicen fuera de las zonas habilitadas para ese fin y las de vehículos de más de 16.000 kilos en plazas de carga y descarga. En ambos casos la tasa actual es inferior a los 6 euros diarios y se elevará hasta esa cifra. También por debajo de esa cuantía que se fijará como mínimo estaba hasta ahora el coste de utilizar durante una hora un tramo de vía pública que implique la ocupación de un carril de circulación, aunque no sea necesario el corte de la calle.
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También el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) incluirá novedades igualmente encaminadas a evitar la pérdida de ingresos que el Ayuntamiento entiende que le corresponden por determinadas actividades. En los últimos años ha habido varios cambios normativos encaminados a reducir la burocracia a la hora de desarrollar diversas actuaciones, que en el caso particular de Gijón vienen resumidos en una instrucción municipal aprobada en 2017 que determina qué actos para los que hasta hace poco era necesaria la obtención de la oportuna licencia, ahora están exentos de solicitarla y pueden ejecutarse previa presentación de una declaración responsable. En el caso de las obras, estarían incluidas en este grupo la sustitución de revestimientos interiores, las mejoras en instalaciones eléctricas, de fontanería y aparatos sanitarios y el picado, enfoscado o la impermeabilización y sustitución de tejas, entre otras.
La ordenanza del ICIO define como hecho imponible «cualquier construcción, instalación u obra para la que se exija obtención de la correspondiente licencia». Pero dado que son muchas las actuaciones exentas de ello, la intención es aplicar el impuesto también sobre las declaraciones responsables. «Que para esas actividades ya no sea necesaria la licencia municipal no quiere decir que no tengan que abonar los impuestos y tasas correspondientes», dijo Pineda.
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