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IVÁN VILLAR
GIJÓN.
Miércoles, 7 de noviembre 2018, 03:47
Hasta 900 euros de multa por no reciclar. Y una cantidad similar por tirar los residuos «sin compactarlos para reducir su volumen». Son dos de las sanciones que vienen contempladas en la futura ordenanza municipal de gestión de residuos e higiene urbana, que sustituirá a la ordenanza de limpieza vigente desde 1988. El borrador del documento fue presentado esta semana en el consejo de administración de Emulsa como paso previo a su tramitación formal. Para que el texto se convierta en norma, ahora debe ser aprobado por la junta de gobierno y, posteriormente, previa votación de enmiendas, ratificado por el Pleno municipal.
Por primera vez la separación de residuos dejará de ser un gesto voluntario para convertirse en una imposición, en el marco de los planes del Ayuntamiento para cumplir con los objetivos de reciclaje impuestos por la Unión Europea. Así lo recoge el artículo 9 de la futura ordenanza, que incluye entre las «obligaciones de los ciudadanos» segregar sus basuras «en tantas fracciones como recogidas separadas pueda establecer el Ayuntamiento». Enumera al respecto diecisiete tipos de residuos diferentes, cada uno de los cuales debe ir al contenedor que corresponda, bien en la vía pública, en los puntos limpios de Emulsa o en los lugares de recogida específica que exista para ellos: vidrio, envases ligeros, papel y cartón, metales, maderas, aceites vegetales usados, aceites minerales usados, ropa y zapatos usados, residuos de medicamentos y sus envases, pilas, animales muertos (objeto de un servicio especial de recogida), muebles y enseres (se recogen previa solicitud), aparatos eléctricos y electrónicos, residuos de construcción y demolición, restos de podas, materia orgánica y «fracción resto». Señala, además, que el Ayuntamiento «podrá establecer sistemas de control para el depósito y entrega de residuos, a fin de verificar y evaluar la correcta gestión y separación de los residuos, así como el volumen de producción».
Si un ciudadano llegara al contenedor de recogida de papel o de envases y se lo encontrara lleno, esta situación no podrá ser usada como excusa para tirarlos en el de basura general o dejar las bolsas en la vía pública. La ordenanza es muy clara a este respecto y explica que «está prohibido depositar residuos fuera del contenedor». Añade que, en situaciones como esa, «deberán guardarlos a la espera del vaciado del mismo, o depositarlos en los contenedores más cercanos».
A la hora de tirar basura, por otra parte, será obligatorio «reducir su volumen compactándola de tal forma que se aproveche al máximo la capacidad de las bolsas y contenedores». En el caso del papel, se indica por ejemplo que su depósito se hará «doblando y plegando los materiales». Y cuando entre los restos vayan «objetos o restos cortantes o punzantes, estos deberán ir protegidos y lo suficientemente envueltos para evitar accidentes al personal de recogida». El texto señala que «en ningún caso y bajo ningún pretexto deben entrregarse los residuos domésticos a los operarios encargados del barrido y riego de las calles, o a cualquier otro personal que no tenga encomendada esta tarea». E indica para usar los contenedores generales o los de restos orgánicos el único horario permitido será de 20 a 23 horas, persiguiendo su incumplimiento como infracción leve, con una multa de hasta 900 euros su incumplimiento.
El texto también deja claro que no está permitido depositar bolsas de residuos domésticos en las papeleras o tirar en lugares distintos a estas «residuos de pequeño volumen como papeles, chicles, colillas, caramelos, cáscaras y desperdicios similares». Tampoco «dedicarse a la recogida y aprovechamiento de los residuos sin la aprobación expresa del Ayuntamiento», ni la «rebusca» en contenedores o en los puntos limpios.
Se fijan tres grados de infracción, dentro de cada uno de los cuales se establecen a su vez diferentes cuantías para las sanciones. Las infracciones leves se multarán con entre 100 y 750 euros si guardan relación con la limpieza viaria, con hasta 900 euros si son referentes a residuos y hasta 9.000 si estos residuos son peligrosos. En el caso de las infracciones graves, la sanción irá de 750 a 1.500 euros si es por limpieza, de 901 a 45.000 si es por residuos y de 9.001 a 300.000 si es por residuos peligrosos. Las muy graves alcanzan los 3.000 euros si son por limpieza y pueden llegar hasta los 1,7 millones de euros si incumplen los artículos referentes a residuos generales y residuos peligrosos.
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