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La concejala de Hacienda, Marina Pineda. JUAN CARLOS TUERO
El Ayuntamiento de Gijón pretende mantener el volumen de ingresos con la nueva plusvalía

El Ayuntamiento de Gijón pretende mantener el volumen de ingresos con la nueva plusvalía

La modificación de la ordenanza se basa en el precio real de mercado

Martes, 12 de abril 2022, 13:57

La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Gijón aprobó esta mañana la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, más conocido como la plusvalía, después de que el Tribunal Constitucional declarara nulo el anterior método de cálculo del impuesto. Si antes se calculaba el importe a pagar en función del valor catastral y del número de años que se había tenido la propiedad, a partir de ahora será en base a la diferencia del valor de adquisición y el de venta de los terrenos durante un máximo de 20 años. Los contribuyentes, por tanto, podrán aportar escrituras o documentos que justifiquen la inexistencia de incremento del valor o, por otro lado, acogerse a las normas de valoración establecidas para el IBI.

El Ayuntamiento de Gijón decidió aplicar un tipo impositivo más alto, del 25%, a las transmisiones que se produzcan en los cinco primeros años de adquisición del inmueble, ya que considera que es en el periodo en el que se concentran los movimientos especulativos. Para las posteriores el tipo impositivo es del 22%.

La concejala de Hacienda, Marina Pineda, explicó que «hemos intentado mantener la presión fiscal para el global de la plusvalía y que no haya una pérdida muy importante de ingresos ni tampoco un aumento de gravamen a las personas».

A modo de ejemplo, para la venta de una vivienda con un valor de 60.000 euros, del que el 30% corresponde al valor del terreno, es decir, 18.000 euros, hay una diferencia sustancial en cuanto a la cuota a pagar. Si el propietario tuvo el terreno durante dos años, pasará de pagar 183,60 euros con el método anterior a 675 euros con el actual. Si el periodo de tenencia fue de seis años, pasará de 518,40 euros a 633,60. En el caso de ocho años, de 691,20 euros se pasa a 396, y en el de doce, de 972 euros a 316,80. En estos dos últimos ejemplos se registra una bajada considerable, ya que las propiedades habrían estado afectadas por los efectos de la burbuja inmobiliaria. Para el caso de un periodo de tenencia de 20 años, se pasa de una cuota de 1.512 euros a 1.782. Además, se mantiene la bonificación para la vivienda habitual de una persona fallecida que lo va a ser de su heredero.

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