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La reforma de las pensiones que ha ideado José Luis Escrivá ha traído en 2022 una revalorización de las mismas de entre un 2,5 (las contributivas) y un 3 % (las mínimas y no contributivas), una subida que toma en cuenta la inflación media del año pasado. En el caso de que se produzca un IPC negativo, la cuantía de las pensiones quedará inalterada.
«Justicia y dignidad para nuestro mayores (...) Pese a las dificultades y errores que hayamos podido cometer, el Gobierno no ha descansado un solo día para mejorar la dignificación de nuestros mayores», indicaba el presidente Pedro Sánchez en Gijón hace unas semanas en un acto del PSOE.
Y siguiendo este objetivo, la Seguridad Social ha puesto a disposición de las mujeres jubiladas una ayuda de 112 euros para complementar su pensión, una medida que entró en vigor el pasado 4 de febrero. Se trata de una compensación para quienes hayan estado un tiempo sin poder cotizar por maternidad, que busca disminuir la brecha de género.
Aunque la mayoría de la partida va destinada a la población femenina, también es posible que la cobren hombres. Esta prestación adicional está dirigida a las personas que acrediten un perjucio en su carrera profesional en los periodos posteriores a tener un hijo.
La anterior ayuda solo podían cobrarla las madres a partir del segundo hijo, pero el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó en 2019 que también deberían poder disfrutarla los padres que cumplieran con los requisitos legales.
Con un hijo: 28 euros al mes
Con dos hijos: 56 euros al mes
Con tres hijos: 84 euros al mes
Con cuatro o más hijos: 112 euros al mes
Esta ayuda se debe solicitar de manera conjunta a la petición de la pensión contributiva de la Seguridad Social, ya sea de forma telemática o presentándose en las oficinas del departamento.
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Para solicitarla es necesario cumplir una serie de requisitos, siendo el principal tener derecho a cobrar una pensión contributiva de la Seguridad Social, y tener hijos a cargo. El complemento puede ser pedido por los dos progenitores, si bien sólo se ingresará al que menos dinero reciba en su pensión.
Se debe tener en cuenta que, en el caso de que los dos progenitores interrumpieran su cotización por paternidad o maternidad, se dará prioridad a la madre en el cobro de este complemento. Además, para que el padre pueda pedir la ayuda cambian los requisitos en función de dos supuestos:
- Si tuvo un hijo antes de 1995, debió haber pasado al menos 120 días de ausencia de cotización entre los nueve meses anteriores al nacimiento y los tres años posteriores.
- Si lo tuvo después de 1995, la base de la suma de la cotización de los 24 meses posteriores al nacimiento deben ser al menos de un 15% inferior a los 24 meses anteriores.
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