Guardar dinero en casa es legal pero no lo más apropiado. GERAD BOTTINO/FOTOLIA

Los inconvenientes con Hacienda de guardar dinero en casa

Alerta de las sanciones que supone no incluirlo en la declaración de la Renta o no poder justificar la procedencia del dinero en efectivo

EL Comercio

Gijón

Viernes, 27 de agosto 2021, 20:45

No todas las personas prefieren guardar sus ahorros en fondos de inversión o cuentas de ahorro en las sucursales bancarias, las acciones más arriesgadas no son aptas para todos, además, en algunos casos se generan comisiones que no son del agrado de todo el mundo. ... Sin embargo, hay que tener en cuenta la inflación, ya que el dinero en casa pierde valor. Por otra parte, no siempre está disponible una entidad bancaria cerca de casa y el dinero pasa a un cajón. A pesar de que ahora hay pagos de rentas, pensiones o prestaciones que solo se pueden cobrar a través de una cuenta bancaria todavía hay mucha gente que guarda grandes cantidades de dinero en casa. Hacienta alerta que no es un práctica muy aconsajable y que puede causar algunos incovenientes.

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La misión del fisco es evitar la evasión de impuestos y por ello es necesario que el dinero sea declarado e informar de su procedencia, por ejemplo, en el caso de realizar ingresos de más de 3.000 euros en efectivo. Tal y como informa el Minisiterio de Hacienda, «Las actuaciones de control selectivo e investigación tienen por finalidad detectar y regularizar los incumplimientos más complejos así como perseguir las formas más sofisticadas de fraude». Para evitar posibles irregularidades, lo más sencillo en estos casos en declar el dinero ya sea de nuestro ejercicio profesional, el cobro de un alquiler o una herencia.

.Este verano se ha limitado del uso en efectivo a partir de 1.000 euros en calidad de empresario o profesional. A finales de 2016 el límite estaba en 2.500 euros. Con esta medida se quiere hacer frente el dinero negro en actividades menos controladas.

En el caso de que se reclame una explicación sobre el origen del dinero y no resulte satisfactoria, la multa a pagar en la próxima declaración puede ser de al menos 600 euros o o el equivalente al 50% del valor de los medios de pago intervenidos, además de los intereses de demora por no haberlo incluido en el IRPF del año correspondiente.

Además de las posibles sanciones indicadas hay que valorar que guardar el dinero en casa no siempre es la mejor opción, podemos sufrir un robo o un incendio perdiendo todo el capital. Así que esta opción no es tan segura como parece a primera vista.

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