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Martes, 10 de agosto 2021, 18:52
Las tarjetas de crédito y nuevas plataformas de pago cada vez son más populares en los últimos años. Una de las medidas establecidas por la pandemia del coronavirus para evitar posibles contagios ha sido evitar el pago el efectivo, lo que ha acelarado todavía ... más el uso de Bizum como método de pago para transferir dinero con el número de móvil de forma gratuita e instantánea.
A pesar del descenso significativo del pago en efectivo, el Banco de España es consciente de que todavía hay un sector de la población que prefiere la opción del pago en efectivo y ha publicado en su página web algunas aclaraciones que debemos conocer para este tipo de operaciones:
1. Las entidades tienen la obligación de retirar de la circulación los billetes con apariencia de falsificados, deben identificar a quien entregue el billete.
2.No existe obligación alguna de aceptar más de 50 piezas de monedas en un pago, salvo para una «caja pública», es decir, que dependa de un ente u órgano del sector público.
3.Los fondos depositados en las entidades de crédito por sus clientes, son disponibles de manera inmediata. Si son cantidades muy elevadas se aconseja avisar al banco con antelación.
4.Cuando existen versiones contradictorias sobre el importe exacto del efectivo entregado por un cliente a la entidad, el documento fundamental para certificar la entrega es el resguardo de ingreso validado por la entidad, se deberá valorar también el listado de operaciones del diario electrónico y el arqueo de caja de fin del día.
5.Además, es necesario identificarse en las siguientes operaciones:
- Entregar dinero en efectivo para abrir depósitos y cuentas u ordenar el pago de cheques bancarios o realizar transferencias.
- En operaciones en efectivo iguales o superiores a 1.000 euros, o inferiores si la entidad considera que hay indicios de blanqueo de capitales o intención de fraccionar la operación para evitar la identificación.
- Será necesaria una declaración especial, cuando el importe transportado sea igual o superior a 10.000 euros en caso de salida o entrada en territorio nacional o 100.000 euros en caso de movimientos por territorio nacional.
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