El plazo para presentar el borrador de la Declaración de la Renta 2019 comenzó el pasado 1 de abril y está a punto de terminar. El 25 de junio es el último día para los contribuyentes cuyo resultado sea a ingresar con domiciliación bancaria ... . Por otra parte, el 30 de junio es la fecha límite para presentar las declaraciones de la renta con resultado a devolver, ya sea por vía telemática o presencial, en la Agencia Tributaria.
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Independientemente del resultado de la Declaración de la Renta, el contribuyente está obligado a presentarla en los plazos estipulados; de lo contrario, tendrá que abonar una sanción económica al Ministerio de Hacienda. De esta forma, si la Declaración de la Renta sale a devolver y no se presenta a tiempo, la multa oscila entre los 200 y los 400 euros. Esta cantidad puede reducirse a la mitad por pronto pago.
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Cuando la declaración sale a pagar, la sanción por no presentarla a tiempo varía dependiendo del tiempo de demora. Si es el contribuyente el que enmienda la situación antes de tres meses, la multa es del 5 % de la cantidad ingresada. Si la presenta entre tres y seis meses más tarde, el porcentaje se eleva al 10 %; si la demora es de entre seis meses y un año, el recargo es del 15 %; y si se supera el año, habrá que abonar un 20 % más.
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