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Miércoles, 30 de marzo 2022, 18:02
La campaña de la renta arranca justo en una semana. A partir del miércoles 6 de abril, los ciudadanos pueden comenzar a solicitar el borrador en las declaraciones tramitadas por Internet. Desde esa fecha y hasta el 30 de junio, se prolonga el período para presentar el IRPF correspondiente a 2022.
Muchos ciudadanos tienen dudas sobre los conceptos que deben incluir en la declaración. Sin embargo, el desconocimiento no exime del cumplimiento de las obligaciones tributarias por lo que es importante evitar descuidos que puedan derivar en posteriores sanciones.
La proliferación de aplicaciones como Bizum, que facilitan las trasferencias entre particularidades, generan nuevas dudas y pueden hacer brotar la inseguridad entre los contribuyentes. ¿Es obligatorio incluir estas transacciones en la declaración de la renta?
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Los pagos que se emiten con Bizum están sujetos al control fiscal. Los bancos disponen de información de todos los movimientos y los notifican a la Agencia Tributaria, si ésta así lo requiere. Además, tienen la obligación de notificar al organismo público los movimientos sospechosos que son aquellos superiores a 3.000 euros en metálico o 10.000 euros entre entidades o particulares.
Bizum, sin embargo, limita a 1.000 euros la cantidad máxima que se puede enviar. La Agencia Tributaria puede solicitar al banco información sobre las operaciones ejecutadas pero los contribuyentes no están obligados a incluirlos en una declaración que será más provechosa aprovechando las deducciones vigentes en Asturias.
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