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Así es la deducción por maternidad de la que te puedes beneficiar en la declaración de la renta

Así es la deducción por maternidad de la que te puedes beneficiar en la declaración de la renta

Desde el pasado 1 de enero más madres pueden acogerse a esta ayuda

E. C.

Miércoles, 17 de mayo 2023, 19:26

La campaña de la renta ya está en marcha. No obstante, no todos han presentado a estas alturas el balance de sus retribuciones por el ejercicio anterior e incluso quienes ya lo han hecho aún están a tiempo de modificar los borradores que han ofrecido a la Agencia Tributaria.

Esto es especialmente de interés cuando hay alguna novedad fiscal que se ha introducido y de la que nos podemos beneficiar, como la deducción por maternidad de 100 euros por hijo con la que, antes, solo contaban las madres trabajadoras, pero desde el pasado 1 de enero pueden beneficiarse también quienes estén en paro.

Esta subvención forma parte de la Ley de Familias diseñada por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 que encabeza Ione Belarra y que se puede aplicar como deducción fiscal salvo que también se esté percibiendo una prestación por desempleo. Eso sí, la nueva deducción no podrá superar los 1.200 anuales. Es decir, los 100 euros al mes de la ayuda por hijo.

Aquellas mujeres que cobran 100 euros mensuales pueden del mismo modo optar por una deducción anticipada, a modo de paga mensual. Esta ayuda es compatible con otras prestaciones de ámbito estatal, autonómico o local. Para pedirla hay que rellenar y presentar el Modelo 140 por vía telemática, en la sede electrónica de la Agencia Tributaria; por vía telefónica, llamando al 901 200 345; o de forma presencial en las oficinas de Hacienda.

Fechas a tener en cuenta

-El 11 de abril comenzó el plazo para presentar la declaración de la renta. Se puede hacer de forma online. Es necesario contar con algún método de validación ante la administración pública como el DNI electrónico, el certificado electrónico, o la Cl@ve PIN.

-El 3 de mayo se abrió el plazo para solicitar cita previa para hacerla por vía telefónica llamando al 91 535 73 26, 901 12 12 24 o 91 553 00 71.

-Desde el 5 de mayo se puede presentar de forma telefónica.

-Desde el 25 de mayo será posible pedir cita previa para realizarla en las oficinas de la Agencia Tributaria.

-A partir del 1 de junio comienza el plazo para confeccionarla de manera presencial en oficinas.

-El 29 de junio es el último día para pedir cita previa para hacerla tanto por teléfono, como de forma presencial.

-El 30 de junio es el último día que se puede presentar –por teléfono, internet o presencial-.

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