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Mucho deben cambiar las cosas para que alguien acabe en la cárcel por los incendios forestales. Un repaso a las sentencias que se dictan en la materia evidencia varios patrones. Los casos en los que los que alguien se sienta en el banquillo son ... escasos, siempre ligados a regenerar pastos o limpiar maleza. Es raro que si la Fiscalía formula acusación el sospechoso quede absuelto, pero más extraño aún es que el condenado ingrese en prisión. Los vecinos renuncian a indemnización por las parcelas calcinadas e incluso declaran a favor del sospechoso, pese a estar bajo juramento. El Principado ejerce de acusación en pleitos contados, quedando la defensa del interés general en manos de la Fiscalía, y de los funcionarios que la auxilian desde la Guardería de Medio Natural, los Bomberos y la Guardia Civil. Por partes.
Según el observatorio Sadei, entre el 1 de enero de 2015 y el 31 de diciembre de 2020 se registraron 7.262 incendios forestales en Asturias. El organismo está sometiendo a revisión los datos posteriores. Teniendo en cuenta que tras cada caso se abre un proceso para investigar su origen y tramitarlo, se optó por revisar las memorias de la Fiscalía entre 2016 y 2021. Es un periodo en el que cifra en 80 los juicios por incendio forestal celebrados.
18 meses es la petición media de privación de libertad que hace la Fiscalía en las 17 sentencias de 2022 y 2023 analizadas.
67% de las condenas que determinan una motivación al fuego lo atribuyen al intento de regenerar pasto para el ganado. El 33% fue para quemar maleza.
23% de las condenas se alcanzaron por conformidad. El sospechoso aceptó los hechos a cambio de una rebaja
29% de los imputados tuvieron vecinos que, según el juez, mintieron por él. Son cinco pleitos y en tres se dedujo testimonio por posible falso testimonio.
El cociente entre ambas magnitudes sugiere que solo uno de cada 90 incendios acaba en juicio. La Fiscalía repite esta frase en sus memorias anuales: «Hay que tener presente que las acusaciones realizadas, en relación al número de incendios habidos, resultan muy escasas, lo cual pone de relieve la gran complejidad y dificultades que supone su investigación». Desde 2018 además añade: «Se ha planteado la posibilidad de usar medios tecnológicos, tales como cámaras de fototrampeo o uso de drones, para prevenir y facilitar, en su caso, el descubrimiento de la posible autoría. La perspectiva de la Fiscalía es que tales medios serían muy útiles». La Estrategia de Prevención de Incendios 2020-2025 apuesta por adquirir drones o videocámaras, como ya hace Galicia, sin que el Principado haya avanzado en esa línea.
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Así las cosas, sin ese apoyo tecnológico, los casos en los que se reúnen indicios suficientes como para que la Fiscalía presente acusación son reducidos. Pero, ¿qué pasa en ellos? EL COMERCIO revisó 17 sentencias dictadas por los juzgados de lo Penal de Oviedo y Avilés, en 2022 y 2023. Consta que el Principado ejerciera la acusación en cuatro y que en otro más denunciara los hechos sin actuar con abogado. En parte de los procesos en los que declinó actuar el Fiscal se encargó de defender que el acusado pagara compensaciones a la Administración. Se trata de una dinámica llamada a cambiar. Entre los anuncios hechos estos días por el presidente del Principado, Adrián Barbón, está que el servicio jurídico «se presentará como acusación particular» en los procesos que se abran ahora.
Por resolución publicada ayer en el Boletín Oficial del Principado la Consejería de Medio Rural redefinió las restricciones que se aplican para evitar incendios forestales. En la exposición de motivos el texto argumenta que «desde el año 2006, en armonía con otras comunidades» se han ido activando «medidas estacionales y temporales» que, por ejemplo, impedían hacer barbacoas o quemas a 100 metros de los montes durante los meses de julio, agosto y septiembre. Sin embargo «la experiencia de los últimos años ha evidenciado que el riesgo de los incendios forestales se extiende ya a diversas partes de nuestro territorio de forma desestacionalizada», establece. De ahí que ahora opte por redibujar las restricciones que son de aplicación, en cualquier momento del año, cuando el riesgo de incendio que publica la web del 112 esté en su nivel «muy alto» o «extremo». Es la situación en la que, por ejemplo estos días, se encuentra la región. Cuando esto ocurra se prohibe encender fuego en espacios abiertos, se suspenden las autorizaciones para la quema de rastrojos, pastos, restos de poda o selvícolas. También queda prohibido el acceso o uso de pistas forestales que pasen cerca de montes «al objeto de reducir la peligrosidad y facilitar la vigilancia». De este veto están exentos los vecinos y ganaderos «que requieran acceder a estas pistas justificadamente».
Las peticiones iniciales de condena de la Fiscalía oscilaron entre un mínimo de seis meses y un máximo de tres años y tres meses; el promedio se situó en una solicitud de año y medio. Solo en dos casos la propuesta pasaba de los dos años de prisión que expone al imputado a un ingreso efectivo. Es algo contra lo que se ha revuelto también Barbón, quien pide modificar el Código Penal elevando la pena mínima para asegurar que el condenado pase por prisión.
En los 17 casos el acusado, siempre varón, resultó condenado; siete de las sentencias acogen en su integridad la propuesta de la Fiscalía; en el resto se le aplicaron reducciones de un 14%. Un 23% de las condenas se alcanzaron por conformidad, es decir, el sospechoso reconoció los hechos para beneficiarse de una rebaja. Al final la condena media queda en los 15 meses de privación de libertad, con una multa en los 2.808 euros.
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Dos penados lo fueron con sentencias de 3 años y 1 día y 3 años y tres meses, tiempos que sí les expone a un ingreso. Fuentes de la cárcel de Asturias confirman que esa entrada no se ha producido: «En los últimos años solo estuvo por incendios alguien de otra comunidad». O los penados tienen recurrida la sentencia, o se les aplicó el protocolo de ingreso directo en régimen abierto, reservado a quien no tiene antecedentes, es condenado a menos de cinco años, ha pagado la indemnización y han pasado más de tres años desde los hechos.
En Asturias se sientan en el banquillo -según la muestra de sentencias analizada- varones acusados de usar el mechero para regenerar pasto (el 67%) o deshacerse de rastrojos, maleza y restos de poda (33%). En 10 de las 17 sentencias consta que el señalado utilizó el fuego a pesar de no haber tenido permiso administrativo para la quema y ser un día de riesgo alto o muy alto de incendio forestal.
Solo en dos juicios hubo vecinos que reclamaron una compensación por las parcelas quemadas. El resto renunció expresamente. Destaca un incendio de febrero de 2019, que calcinó 10 hectáreas, parte del Ayuntamiento de Grado, que también rechazó la posible indemnización.
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R. M.
En cinco de los 17 pleitos el sospechoso citó a testigos a su favor a los que el juez no dio credibilidad; en dos ocasiones optó por pasar por alto la supuesta mentira al ser familiares o allegados del imputado, mientras que en tres casos sí dedujo testimonio, mandando el vídeo al juzgado de guardia para que determine si se cometió delito de falso testimonio.
Los jueces justifican esa suerte de ley del silencio y amparo al sospechoso indicando que los hechos ocurren «en poblaciones pequeñas» y los implicados «tratan de evitar cualquier situación de posible enemistad entre las partes».
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