pablo suárez
Viernes, 13 de septiembre 2019, 18:22
El mayor caso de corrupción destapado en Asturias ya tiene sentencia firme. Dos años después de que la Audiencia Provincial emitiese la suya, el Tribunal Supremo reafirma el núcleo esencial de la investigación e impone penas de hasta 9 años de prisión ... a los principales acusados del 'caso Renedo' por delitos de prevaricación, malversación, cohecho y falsedad. De esta forma, la Sala de lo Penal considera acreditado que «quedó sustancialmente corrompido el procedimiento de adjudicación de contratos de suministro y de obras en varias consejerías del Principado».
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Marta Renedo Avilés: es una de las principales encausadas. Se mantiene para ella el delito continuado de falsificación de documento oficial y mercantil, así como el delito continuado de prevaricación (en condición de cooperadora necesaria) y, separadamente, el delito continuado de cohecho. De esta manera, el Supremo le mantiene las penas, considerándolas incluso inferiores al mínimo legal. Responderá a una pena de 9 años de prisión y una multa de 480.000 euros.
José Luis Iglesias Riopedre: su condena se rebaja. El Tribunal Supremo le considera autor de un delito continuado de prevaricación en concurso medial con un delito de falsedad en documento mercantil, en condición de cooperador necesario, así como un delito de cohecho. No obstante, el exconsejero es absuelto del delito de fraude. Por todo ello, responderá a una pena de 5 años y 2 meses de prisión, así como el pago de una multa de 400.000 euros.
María Jesús Otero: el Supremo considera probado que quien fue considerada por la Audiencia Provincial como el epicentro de la trama cometió un delito continuado de prevaricación en concurso medial con un delito de falsedad de documento oficial y mercantil, así como un delito continuado de malversación de caudales públicos y un delito continuado de cohecho. Todos ellos relacionados entre sí. Debido a este concurso medial entre los delitos, el Tribunal considera la computación de las penas partiendo del delito más grave en su mitad superior, motivo por el que reduce la condena de Otero a 5 años y 5 meses de prisión.
Víctor Manuel Muñiz: el Supremo le mantiene la condena como autor de un delito continuado de falsedad en documento mercantil, en concurso medial con un delito continuado de malversación de caudales públicos, y suma también en concurso medial un delito de malversación. Como ocurre con el resto de encausados, se aprecia en todos la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas. De esta manera, Muñiz es condenado a una pena de 5 años y 2 meses de prisión, así como al pago de una multa de 1'5 millones de euros.
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Alfonso Carlos Sánchez: el Tribunal le condena como autor de un delito continuado de cohecho, pero le absuelve por los delitos de falsedad y malversación. De esta manera su condena se ve reducida a 2 años y 8 meses de prisión, y una multa de 1,9 millones de euros.
Antonio José Azorín Iglesias: el Tribunal lo absuelve de un delito de fraude y confirma su condena por delito de falsificación de documento mercantil. Rebaja la pena de doce a ocho meses de prisión y una multa de siete meses con doce euros de cuota diaria.
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Maximino Fernández Álvarez: el empresario informático mantiene su condena como autor de un delito continuado de falsedad en documento mercantil. Responderá finalmente a una pena de un año de prisión y una multa de cinco meses a 5 euros de cuota diaria.
Francisco Javier Juárez: el Tribunal Supremo mantiene su condena como autor de un delito de cohecho. Se le impone una pena de cuatro meses de multa con doce euros de cuota diaria.
Ernesto Iglesias González: absuelven al hijo de Riopedre.
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