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José Luis Iglesias Riopedre, María Jesús Otero, Marta Renedo Avilés, Víctor Manuel Muñiz y Alfonso Carlos Sánchez. A. PIÑA

'Caso Renedo' | La Fiscalía se opone a que Iglesias Riopedre salga de la cárcel: «No procede ni está justificado»

Podemos exige aplicar el mismo criterio que a Isabel Pantoja para ampliar a siete los condenados del 'caso Renedo' en prisión

Ramón Muñiz

Gijón

Miércoles, 9 de octubre 2019, 13:38

Los principales condenados por el 'caso Renedo' entraron el lunes en prisión, pero la batalla que sus abogados presentan en su nombre continúa en los juzgados. Es el caso de José Luis Iglesias Riopedre. Está a punto de cumplir 80 años y tiene ocho dolencias diagnosticadas, entre las que se cuentan su conocida diabetes y cardiopatía isquémica. Debe tomar diez pastillas diferentes. Condenado a cinco años y dos meses, nada más llegar a la cárcel de Asturias, a las 22.13 horas del lunes, fue reconocido por un facultativo y derivado al módulo de enfermería. La Audiencia Provincial dio por recibidos ayer los dos informes médicos presentados por su letrada, Anabel Prieto, y la solicitud para aplicar una suspensión de la condena en base al artículo 80.4 del Código Penal. La petición se trasladó al Ministerio Fiscal, que este miércoles ha expresado su oposición a que el exconsejero de Educación salga de prisión. Considera que «no procede ni está justificado».

Se repite el patrón de 2011, cuando Riopedre entró en prisión provisional. Su entonces abogado, Sergio Herrero, solicitó su excarcelacion por su precario estado de salud. La representante del Ministerio Fiscal en aquel momento, María Luisa García, argumentó que los ciudadanos tenían derecho a «ver cómo la Justicia actúa con el mismo rigor aquí que con un drogadicto». Pidió y consiguió prolongar la estancia entre rejas apelando a que su enfermedad «no es de ahora, la tiene desde hace años, y eso no le impidió cometer los delitos que se le imputan».

Quien también pelea por la libertad de su cliente es Javier Díaz Dapena. Representa al dueño de la desaparecida Almacenes Pumarín S. A. (APSA), que es de los cinco, el que menos condena se ha llevado en el pleito principal, dos años y ocho meses. Como el exconsejero, también ha pedido el indulto del Gobierno de la nación, clemencia que sería inusitado prosperase. La fundación Civio tiene un seguimiento de todos los indultos dados desde 1996 y nunca lo hubo en Asturias por cohecho. El último perdón dado a este ilícito en todo el país es de 2011. Pese a ello, el letrado vuelve a pedir la suspensión de la pena a la espera de tener respuesta al indulto, y un fraccionamiento de la multa de su cliente, que es de 1,9 millones con la particularidad de que por cada 10.000 que no pague se le suma un día de cárcel.

Cuestión de confianza

Se mueven las defensas, pero también las acusaciones. Alberto Suárez, el representante de Podemos, presentó ayer una alegación que, de ser atendida, obligaría a ingresar en prisión a otros dos empresarios condenados por esta trama pero que tenían penas menores. Se trata de Maximino Fernández, a quien se impuso un año de prisión, y Antonio Azorín, que tiene ocho meses.

El letrado recuerda que el Código Penal permite a los magistrados suspender la cárcel a quien tiene condenas de menos de dos años siempre que carezcan de antecedentes y hayan pagado las penalidades que correspondan. Fernández acaba de depositar los 1.800 euros que se le requerían y pedir que, en consonancia, se le libre de la cárcel.

El abogado de Podemos se opone, recordando que la norma dice que bajo esas condiciones los magistrados «podrán» suspender la entrada en prisión, pero también mantenerla. Para optar por esta vía solicita se apliquen los mismos argumentos que la Audiencia Provincial de Málaga esgrimió para encarcelar a Isabel Pantoja, tonadillera a la que se castigó con dos años de privación de libertad y el pago de 1,1 millones.

Los magistrados malagueños razonaron que cumplir cárcel persigue la reinserción del delincuente pero también el «restablecimiento de la confianza de la comunidad vulnerada por el delito», esto es, se busca «también la prevención general». En este sentido, los ilícitos de corrupción «suponen uno de los ataques más demoledores que puedan infringirse a una sociedad democrática» por el daño económico y por «socavar, hasta casi disolver, los principios mismos en los que se asienta aquella». Por esto, sostiene la Audiencia, en estos casos «debe primar por encima de todo la función de prevención general», es decir, «intimidar a todos aquellos ciudadanos que pudieran sentirse tentados a realizar» el mismo tipo de delitos.

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