CONSUELO DE LA PEÑA
SANTANDER.
Sábado, 15 de septiembre 2018, 03:24
Si el pequeño David consiguió ganar al gigante Goliat con una piedra, un modesto productor de sidra de Cantabria, Jesús Gómez Solórzano, con lagar en Renedo de Piélagos, ha hecho lo propio con la Asociación de Sidra Asturiana (ASSA), que engloba a la mayor parte ... de los productores asturianos.
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Hace año y medio este colectivo denunció al lagarero cántabro por utilizar el modelo de botella regional ('molde de hierro'), que había registrado en el año 2000 como marca distintiva de la sidra natural producida en Asturias. En este envite judicial, el cántabro se jugaba el futuro de su negocio. Los profesionales del Principado le exigían la retirada y destrucción de todas las botellas, una indemnización equivalente al 1% de la cifra de negocio y la publicación de la sentencia en los diarios de tirada nacional, una medida que consideraban ejemplarizante para otros productores. De hecho, la asociación asturiana ha llevado ante la justicia por lo mismo a un 'pez gordo' del gremio, el gallego Hijos de Rivera, fabricante de la cerveza Estrella Galicia.
Ante la incorporación al sector de productores de sidra no regionales, los productores asturianos decidieron blindar el envase y en el año 2000 lo registraron como 'marca notoria' y 'marca tridimensional' ante la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM). «Cualquiera puede hacer sidra. Eso sí, no será asturiana y para que el consumidor la diferencie debemos proteger la botella, que es la que identifica nuestro producto», aseguraba hace un año el presidente del consejo regulador de la Denominación de Origen Protegida. Así que la ASSA decidió llevar a los tribunales a aquellos productores no asturianos que utilicen el 'molde de hierro'.
Uno de ellos ha sido el cántabro Gómez Solórzano. Cuando recibió la demanda no le alcanzaba el agua el cuello, consciente de la trascendencia del pleito y de la lucha desigual. Pero desde el pasado día 10 duerme mucho más tranquilo porque el Juzgado de lo Mercantil de Santander le ha dado la razón. Su titular, el juez Carlos Martínez de Maricorta, ha desestimado las pretensiones de los lagareros asturianos e insta a la OEPM para que «proceda, inmediatamente, a la cancelación de la inscripción del registro», lo que liberaliza el pleno uso de la botella en litigio, además de imponer las costas judiciales al colectivo asturiano. No obstante, la sentencia, publicada por El Diario Montañés, no es firme y cabe recurso ante la Audiencia Provincial de Cantabria.
Durante el proceso, la ASSA se empleó a fondo en defensa de la botella y presentó un informe pericial, elaborado por el investigador etnográfico Inaciu Hevia Llavona, en el que defendió el carácter distintivo y singular del envase en cuestión y «su uso exclusivo, ininterrumpido y continuado» por los lagareros asturianos desde 1880 para identificar la sidra natural por ellos producida.
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El colectivo aseguraba que el uso no autorizado del envase asturiano fuera de la comunidad autónoma genera «confusión» en los consumidores que, a su juicio, identifican la botella con la sidra asturiana, lo que va en menoscabo de «la reputación y renombre logrado» por los productores de esa comunidad. Aludieron, asimismo, a que la práctica totalidad de la sidra natural se produce y consume en el Principado de Asturias (a día de hoy el 80% de la producción y el 90% del consumo), y siempre se ha utilizado la botella 'molde de hierro' para su envasado.
Bocal. Bocal troncocónico engrosado de un diámetro y grosor concreto para facilitar el escanciado frenando la velocidad de salida de la sidra.
Cuello 'ladies leg'. Se estrecha ligeramente en sentido ascendente en la parte superior, con un reborde más grueso en el extremo.
Hombro marcado. Característica de la botella para obtener una caída del chorro lo más vertical posible facilitando así el correcto escanciado.
Color. El empleo de color que no se precisa en el código alfanumérico, sino como «muy oscuro» para proteger la sidra de los
Tamaño. La capacidad es de 700 cc; se vincula con el mantenimiento de la medida usual o tradicional de consumo de sidra en Asturias, las 'pucheras', unas jarras de esa capacidad.
Sin embargo, para el abogado del empresario cántabro se trata de una botella «de dominio público», que se puede adquirir libremente en el mercado por los productores de sidra de fuera y dentro de Asturias. Además, rechazó la notoriedad de la botella como marca, tesis que ha respaldado el juez. Martínez de Marigorta subraya que la utilización exclusiva de la botella en Asturias desde 1880 y el consumo concentrado en Asturias «pudo llevar a la identificación de la botella con el producto, es decir con la sidra natural, pero jamás con un origen concreto. No se trata de una marca colectiva ni de garantía, y de prosperar la demanda, se estaría generando un derecho exclusivo a favor de la asociación a la utilización de una botella sobre la que no costa vigente ninguna protección inventiva, de utilidad o de diseño».
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El magistrado concluye, además, que el consumidor medio «no identifica ni ha identificado nunca» la botella con el origen geográfico del producto, como sostiene la ASSA.
En este caso, el envoltorio no importa, pero otras veces sí, y mucho, dando lugar a pleitos millonarios. El Tribunal Supremo confirmó que la característica botella de Cointreau, al contrario de la de sidra asturiana, es una marca tridimensional internacional y no puede ser replicada sin autorización. En otra ocasión obligó a Codorníu a retirar y destruir el cava que elabora en botella blanca esmerilada por ser un envase intrínseco de la marca Carta Nevada, de Freixenet. En la UE se han concedido marcas como las cajas de Toblerone y de Tiffani, o la botella de Moët Chandon.
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