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MIGUEL ROJO mrojo@elcomerciodigital.com
Viernes, 7 de mayo 2010, 11:37
La joya de la corona del urbanismo llanisco, la finca de La Talá, está de nuevo en el ojo del huracán. El Tribunal Superior de Justicia de Asturias daba razón en sentencia del 30 de abril de 2010 a la Asociación de Amigos y Vecinos de Llanes (Avall), que pedía que se anulase el Plan Parcial que ordena toda esa zona y en la que estaba previsto construir 480 pisos en bloque y unas 90 viviendas unifamiliares a la entrada de la capital del concejo de Llanes, en una gran franja de terreno paralela a la costa. El Tribunal basa su sentencia en que dicho Plan Parcial es inválido al estar anulado el Plan General de Ordenación Urbano al que se adapta, y no entra a valorar otras posibles irregularidades denunciadas por Avall, como la falta de exposición pública, la falta de documentación, la falta de una evalución de impacto ambiental o la ocupación de una zona de protección costera. Así, el juez desestima el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Llanes, la Junta de compensación del Plan Parcial de La Talá y la Dirección General de Costas, que solicitaban la desestimación del recurso de Avall, y anula el acuerdo de fecha 2 de septiembre de 2005 del Ayuntamiento de Llanes que aprobaba definitivamente dicho plan parcial.
En sus fundamentos de derecho, el tribunal considera que, aunque haya un recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Llanes y el Gobierno del Principado, el Plan General de Ordenación de Llanes está anulado por ese mismo juzgado, y además en dos ocasiones, en los años 2007 y 2008, así como las Normas Subsidiarias de 1992, que también fueron anuladas en su día. El juzgado recuerda que el Plan Parcial de La Talá fue introducido en el Plan General de Ordenación Urbana de Llanes en lo que considera un intento de «convalidación» a través de una Disposición Adicional Única mediante la que se «declaran vigentes los instrumentos del planeamiento y gestión aprobados con anterioridad a la entrada en vigor de este plan y que son los siguientes: Plan Parcial de La Talá, Plan Parcial de La Huertona, Plan Parcial de Llavandera, Plan Parcial del Polígono de Posada y Unidad de Actuación de El Sablón». Considera el juzgado que «no se ha respetado el procedimiento de elaboración de todos ellos, al no haber pasado el trámite de exposición pública».
Así, se da por sentado que al estar anulado el Plan General llanisco, «y sin necesidad de que se haya planteado un recurso o no», se «priva de de cobertura al planeamiento de desarrollo». Y basándose en diferentes sentencias, deja claro que «las sentencias anulatorias del Plan General producen efectos para el Ayuntamiento afectado aunque no hayan ganado firmeza, quedando aquél obligado a soportar sus consecuencias cuando se plantee un litigio y las partes invoquen la anulación», tal y como sucedió en el Plan Parcial de La Talá. Así, se explica en la sentencia que es más ajustado a derecho «resolver teniendo en cuenta la nulidad» del PGOU de Llanes, lo que lleva directamente a declarar la nulidad del Plan Parcial de La Talá.
Lo más preocupante para el municipio es que esta sentencia abre un horizonte peligroso, que Avall además ya está oteando: el resto de planes parciales y hasta las licencias urbanísticas concedidas podrían seguir el mismo camino que el Plan Parcial de La Talá y ser declaradas nulas si alguien así lo reclama. «A partir de ahora estudiaremos qué acciones tomar», explicaban desde la asociación vecinal. Y apuntaron hacia otro de los proyectos estrella del Ayuntamiento de Llanes: el auditorio del Sablón. «Saben que ahí no se puede construir», advertían desde Avall, quienes no descartan «acudir a partir de ahora por la vía penal y denunciar a los responsables por prevaricación en cuanto sigan avanzando con estas actuaciones, porque todos los concejales y los miembros de la CUOTA fueron advertidos por escrito de que lo que estaban haciendo no se podía hacer, pero siguen en su insistencia de no hacer caso a los tribunales», advertían desde Avall.
E iban más allá, porque lo primero que harán es pedir que se ejecute la setencia «y que se restituya toda la finca de La Talá a su estado original». Esto es, que se derriben los dos chalés ya construidos, así como las aceras, viales y farolas que se han desarrollado en toda la finca como paso previo a su construcción. «Lamentablemente la zona ya está destruida a efectos paisajísticos», lamentaban. Contra esta sentencia aún cabe recurso, pero de hacerse firme pone en peligro todo el urbanismo llanisco, y más teniendo en cuenta que hay quien tiene muy claro que «llegaremos hasta donde haga falta», avisaban desde Avall. Y es que, en su opinión, el Plan General de Ordenación Urbana de Llanes «caerá como una losa y todo lo que está bajo su paraguas caerá con él». Y recuerdan que «en Cantabria ya hubo derribos de urbanizaciones».
Por otro lado, Avall ya ha realizado una petición de agilidad al Tribunal Supremo -que está pendiente de dictar sentencia sobre el recurso presentado por Ayuntamiento de Llanes y Principado de Asturias sobre la anulación del Plan General de Ordenación Urbana-, puesto que «al estar elaborándose un nuevo Plan General, que no es otra cosa que el refrito del anulado, debería tenerse claro si el anterior queda anulado definitivamente o no».
Esta sentencia deja en el aire pues el destino de La Talá, una finca que, para Avall, es un ejemplo de «la especulación más podrida». Y es que la entidad asturiana Cajastur, a través de la sociedad Beyos y Ponga S. A. de la que es propietaria, adquirió la finca a la la inmobiliaria Nozar en 41 millones de euros, en un momento en el que la empresa tenía problemas de liquidez. Cincuenta años atrás, la finca se había vendido en 125.000 pesetas. Desde entonces, su precio se ha disparado, aunque parece que su valor puede quedarse en nada.
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