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Hace ya tiempo que nos preguntábamos cómo era posible que todas las transacciones económicas que se realizan en Internet a través de plataformas como Wallapop, Ebay, Vinted o Airbnb pasaran desapercibidas para la Administración, especialmente si tomamos en consideración el volumen de operaciones que en ... conjunto o de forma singular pueden llegar a realizar algunas personas o entidades. Cualquier persona puede comprar y vender, o alquilar, libremente, sin facturar, sin negocio físico y sin control por parte de la Administración. Cuando las operaciones son puntuales y de escaso importe tiene sentido pero no siempre es así. El importante crecimiento en número de este tipo de plataformas y en cantidad de ventas y alquileres que se efectúan a través de ellas ha hecho que finalmente la Unión Europea se fije en ellas y en todos los que, de una u otra manera, las venimos utilizando.
La Directiva 2021/514 (conocida como la DAC7), que se implanta en nuestro país a través de la Ley 13/2023, y que está en vigor desde el uno de enero de 2024, relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad, tiene por objeto controlar todos los movimientos económicos que existan en estas plataformas si se superan determinados límites. La Directiva obliga a las plataformas digitales a recopilar, verificar, actualizar y comunicar los datos sobre las operaciones que llevan a cabo los vendedores que las utilizan, ya sea de forma personal o profesional. Analicemos estas nuevas obligaciones.
Aquellas en las que, siendo residentes o no en la Unión Europea, se realicen las que Directiva denomina «actividades pertinentes». Entre estas actividades se recogen:
• El arrendamiento de bienes inmuebles, de uso residencial, de uso comercial, plazas de aparcamiento...
• Venta de servicios personales.
• La venta de bienes.
• El arrendamiento de cualquier medio de transporte.
Se abarcan tanto operaciones transfronterizas y no transfronterizas, con independencia de la condición jurídica del vendedor (particulares o entidades), con la excepción de las entidades estatales que quedan exentas de la obligación de comunicación de información.
Deben recopilar los datos personales de vendedores y prestadores de servicios tales como razón social o nombre y apellidos, dirección, número de identificación fiscal, datos bancarios, total de dinero obtenido por las operaciones en cada trimestre, número de ventas realizadas en cada trimestre, tasas, impuestos o comisiones retenidas o cobradas y si se trata de arrendamientos: dirección física del inmueble y días en que ha estado arrendado el inmueble.
Estos datos ya se están recopilando desde el uno de enero de 2023 para poder presentar la correspondiente declaración ante la Agencia Tributaria en enero de 2024.
No se van a comunicar todas las operaciones. Los datos se remitirán cuando los vendedores o prestadores de servicios sean residentes en la Unión Europea y si en un año natural se produce una de estas dos circunstancias:
• Las contraprestaciones que se obtienen por las ventas son iguales o superiores a los 2.000 euros (una vez deducidas tarifas, comisiones o impuestos).
• O se realizan más de treinta operaciones, con independencia del importe.
En estos casos la propia plataforma se pondrá en contacto con nosotros a través de la aplicación o del correo electrónico que hemos facilitado al crearla indicándonos que es necesario que cubramos la información legal de nuestro perfil. Si no lo hacemos en el plazo estipulado podrán bloquearnos la cuenta.
Los operadores de plataforma deben comunicar a cada persona física que supere los límites indicados que su información será comunicada a la Administración Tributaria y transferida al Estado miembro que corresponda antes del 31 de enero del año natural siguiente al primer año en que la cuenta sea una cuenta sujeta a comunicación de información.
Si el volumen de ventas es muy elevado Hacienda puede llegar a considerarlo actividad económica que requiere darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas y, por tanto, se tengan que abonar los impuestos correspondientes y cumplir con las obligaciones legales y administrativas correspondientes.
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