Llega un día en que se acerca tu cumpleaños y te das cuenta de la que más de la mitad de tu vida ha transcurrido sin apenas darte cuenta y aunque intentas no pensar en ello empiezas a prestar atención a cosas que antes te ... pasaban desapercibidas. Comienzas a hacerte preguntas para las que no tienes respuesta y las pospones una y otra vez esperando una mejor oportunidad para pensar en ellas, en una permanente huida hacia adelante, sorteando las exigentes responsabilidades y ocupaciones diarias.
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Otras veces viendo a tus padres hacerse mayores es cuando piensas en ellos y en cómo ayudarles para que tengan mejor calidad de vida.
Es vital tomar conciencia de la realidad, del momento en que te encuentras y dedicar un tiempo a decidir qué hacer para sentirte mejor y más seguro ante lo que pueda pasar en el futuro y para disfrutar del hoy pero también del mañana
¿Y qué puedes hacer para conseguirlo a medida que envejeces? Solo conozco un camino. Para dejar de preocuparte tienes que identificar tus temores y después comenzar a ocuparte, dando pequeños pasos hacia tu tranquilidad. Son infinitos los consejos que se pueden dar en todos los aspectos de la vida pero hoy voy a hablarte de los legales.
Uno de tus miedos puede ser enfermar de tal modo que no puedas ya entender la realidad ni tomar decisiones de forma adecuada, que no puedas cuidarte sin ayuda ni administrar tu dinero y las propiedades que tanto te costó conseguir... ¿Puedes hacer algo para estar más tranquilo? Por supuesto que sí. El primer paso es elegir a una persona de tu completa confianza. Puede ser un hijo, o pueden ser todos y cada uno de ellos, tu pareja, una hermana, un amigo de toda la vida... Puedes acudir a un Notario y hacer un poder a su favor, para que actúe en tu lugar. Hay muchos tipos de poder notarial y puedes definir su contenido: un poder general para todo tipo de actuaciones o solamente para gestiones de administración, autorizar a una o varias personas y a su vez hacerlo para que tengan que actuar de forma conjunta o individualmente, decidir si quieres que ese poder sirva desde el momento en que lo haces o solamente cuando pierdas facultades...
Todas y cada una de estas modalidades encajan en diferentes conceptos jurídicos: poder general, de administración, solidario, mancomunado, preventivo... pero no hay que temer a las palabras, solo son formas de llamar a las cosas.
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Si lo que te hace dudar es depositar tu confianza en una persona que después te defraude debes tener en cuenta que mientras estés bien puedes modificar el poder cuantas veces sea necesario y retirar tu confianza a aquellos que deje de merecerla.
Otro de tus miedos puede ser tener cubiertas tus necesidades económicas al hacerte mayor, especialmente cuando los gastos pueden incrementarse por necesitar más cuidados y atenciones. Quizás entonces la pensión de jubilación no alcance y no quisieras tener que ser una carga para las personas que te importan. Mientras aún estés a tiempo, es importante ahorrar dedicando una parte de tus ingresos a algún plan de previsión, cuando se pueda. Pero si ya no estás a tiempo, o las posibilidades no te lo permiten, hay otras opciones. Una de ellas es rentabilizar tu propia vivienda. Venderla cuando ya no la necesitas es una opción muy sencilla, como también alquilarla y cobrar las rentas. Pero hoy en día cada vez se recurre más a otros sistemas que te permiten obtener dinero mientras continúas utilizándola:
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- Hipoteca inversa. Si tienes más de 65 años puedes hipotecar tu vivienda, conservando la propiedad y uso de la misma mientras vivas y recibiendo un dinero a préstamo en una cantidad única, en mensualidades o en una combinación de ambas opciones. No tienes que devolver este dinero, serán tus herederos quienes tengan que hacerlo, decidiendo cuando tu no estés si vender la vivienda para saldar la deuda, hacer una nueva hipoteca para pagarla en mensualidades o liquidar la deuda con su propio dinero. Es muy buena oportunidad para disfrutar de un dinero extra sin que tu vida cambie.
- Renta vitalicia. En este caso vendes tu vivienda a un tercero recibiendo a cambio un importe mensual hasta tu fallecimiento. Puedes conservar el usufructo transmitiendo sólo la nuda propiedad y de esta forma seguir utilizándola aunque ya no será tuya. También puedes optar por transmitir la plena propiedad, si ya no necesitas seguir usándola. Con la opción de la renta vitalicia, cuando fallezcas, la vivienda no pasará a tus herederos, que tampoco tendrán que devolver ningún dinero, pero el importe mensual que vas a recibir es superior al que puedes conseguir con una hipoteca inversa.
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- Venta con alquiler garantizado. Se trata de vender tu vivienda a un tercero que simultáneamente firma contigo un contrato de arrendamiento para que puedas seguir disfrutando de tu vivienda como inquilino. Recibes el valor de tu vivienda y te comprometes a pagar una renta mensual a cambio de seguir utilizándola.
Es cierto que si dispones de tu vivienda para cubrir tus necesidades reduces la herencia que puedes dejar a tus seres queridos, cuando los haya. Esto es algo de lo que hay que hablar sin miedo y con confianza. Quizás ellos prefieran conservar esa propiedad y estén dispuestos a aportar el dinero que pueda hacerte falta.
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En algunos casos puede suceder que no cuentes con una vivienda en propiedad y que tus hijos no estén dispuestos a colaborar, que desaparezcan cuando mas les necesites. Al igual que los padres tienen una obligación de alimentos para con sus hijos, dada una situación de necesidad, esta obligación es recíproca. Reclamar una pensión alimenticia a un hijo siempre es la última opción pero es una opción legal y por ello no hay que descartarla.
Otro de tus miedos puede tener que ver con evitar el sufrimiento cuando estés gravemente enfermo. Quizás tengas claro qué tipo de cuidados y atenciones quieres recibir cuando estés hospitalizado y se presenten situaciones en las que no puedas decidir por ti mismo. Si es así es importante que hagas un documento de instrucciones previas o testamento vital donde podrás indicar no solo qué cuidados y tratamientos de salud eliges, dentro de las opciones posibles, sino también decidir si deseas que se te aplique la eutanasia cuando se cumplan todos los requisitos legales y manifestar si quieres donar tus órganos y tejidos llegado el momento del fallecimiento. También puedes designar a la persona que será tu representante para tratar con el equipo médico. Hay diferentes formas de hacer este documento que debe inscribirse en el Registro Nacional de Instrucciones Previas para que pueda ser consultado por cualquier profesional médico dentro del ámbito nacional.
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Otro de tus temores puede ser cómo dejar tus bienes cuando faltes. Hacer testamento ante Notario es siempre recomendable. Como mínimo evitarás que tus herederos tengan que hacer un trámite de declaración de herederos ante Notario, obligatorio cuando no existe testamento. Además podrás valorar todas las posibilidades que la ley te permite, mejorando a alguno de los herederos, dejando una parte de la herencia a personas que no son tu familia o incluso desheredando a alguno de tus herederos forzosos, cuando haya causa legal para ello.
Al igual que explicábamos cuando hablábamos de hacer un poder notarial, mientras estés bien podrás cambiar tu testamento cuantas veces necesites, por lo que no debe preocuparte que cambien las circunstancias. El último que hayas otorgado será el que se tenga en cuenta.
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Quizás estés pensando que todo esto es demasiado complicado. Que es mas fácil dejar que el tiempo ponga las cosas en su sitio sin intervenir. Pero ni es tan difícil ni el tiempo va a hacer por ti este trabajo. Si no sabes por dónde empezar, empieza por buscar ayuda y consigue un asesor en el que puedas depositar tu confianza: alguien que escuche lo que te preocupa y te explique las posibilidades legales para que, con toda la información, seas solamente tú quien decidas el camino hacia tu seguridad y tranquilidad.
Luego se trata tan solo de disfrutar de la vida lo máximo posible. Ser mayor no implica dejar de ser joven. Por algo dicen que los sesenta son los nuevos cuarenta.
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