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Decía el filósofo Santayana que el progreso, lejos de consistir en cambio, depende de la retentividad y, cuando la experiencia no se retiene, la infancia es perpetua. Los que no pueden recordar el pasado están condenados a repetirlo. Nunca habló de pueblos e historia sino ... de personas y recuerdos, aquellos que proporciona la experiencia directa e inmediata. Sin embargo, a pesar de la inmensa diferencia, esta frase, la real, la que verdaderamente escribió el filósofo, también me sirve para introducir un tema que, a fuerza de ser polémico, acaba perdiendo su sentido de ser.
Aquellos que no hemos vivido la guerra civil de una forma directa, ni los momentos más duros de la represión de la dictadura en nuestro país, no contamos con recuerdos de las experiencias dolorosas que aquello supuso. Hemos estudiado, hemos visto películas y leído libros y algunos, por ejemplo los que nos hemos formado en leyes, incluso hemos podido analizar, de una forma más profunda, la importancia de que nuestros derechos fundamentales estén reconocidos y protegidos por una constitución y que nuestro país adopte la forma de un Estado social y democrático de Derecho. Pero no tenemos las cicatrices de aquellas heridas que dejó la guerra, la represión y la dictadura. Si no contamos con esa experiencia y si no protegemos el recuerdo de quienes la tienen, si olvidamos nuestro pasado común, parafraseando la conclusión del filósofo, estaremos condenados a repetirlo, porque no habremos tenido la oportunidad de aprender las nefastas consecuencias de determinados actos.
Ahora bien, cómo hacerlo y cómo resarcir a aquellos que sufrieron y que continúan sufriendo las consecuencias de esa parte de nuestra historia, es una cuestión sumamente delicada y, desde mi punto de vista, especialmente difícil. En una guerra y en una posguerra muchos son los que lo han pasado mal y en esos muchos están personas de todos los colores. Mi bisabuelo, al que nunca llegé a conocer por una maldita leucemia que se lo llevó demasiado pronto, era conocido en el pueblo por su gran corazón. Nunca escuché de él que fuera de una u otra tendencia, aunque ciertamente lo imagináramos, tan solo que protegía en su pajar a los perseguidos durante el conflicto, sin preguntar su implicación, por la sencilla razón de que era incapaz de ver el sufrimiento ajeno sin aportar nada para aliviarlo.
Con el discurrir del tiempo, con la transición y la implantación de la democracia, con nuestros derechos protegidos por un marco constitucional, con la premisa de «todos somos iguales ante la ley» funcionando, tengamos la ideología que tengamos, esas líneas divisorias que mi bisabuelo ya había borrado hace mucho, se han ido eliminando en nuestra sociedad. Por este motivo un sector piensa que es momento de pasar página mientras que otros mantienen que es preciso recordar y resarcir.
Sin duda, crear una ley que recoja la memoria de lo ocurrido, repare el dolor de quienes lo parecieron y haga justicia con el pasado es una tarea complicada cuyo objetivo debe ser el de reconocer heridas no el de volver a abrirlas a fuerza de introducir cuestiones políticas allí donde el espíritu debe ser otro. No debe ser una ley para imponer un criterio o colgarse una medalla por ser su impulsor. Debe ser una ley que recoja el sentir de todas las sensibilidades y cierre un capítulo histórico sin perder su esencia para que todos recordemos lo que fue y no queramos repetirlo ni perder todo lo que, gracias a la lucha de tantos años, hemos conseguido.
Y, dicho esto, que no deja de ser mi opinión personal, tenemos encima de la mesa de nuestras Cortes el texto del Proyecto de Ley de Memoria Democrática, que no deja de ser una ley y que, por tanto, puede ser analizado su contenido como tal, desde un punto de vista más objetivo, para valorar finalmente si cumple los objetivos y las expectativas que una norma con tal nombre merece.
Y es curioso porque lo primero que me ha llamado la atención de su Exposición de Motivos es nuevamente una alusión a esa frase con la que he iniciado este artículo. Hago un inciso para decir que siempre he sido defensora de que se hicieran buenas exposiciones de motivos en las leyes porque es ahí donde podemos comprender el sentido de las normas que luego contiene en su articulado. Dice la ley: «El conocimiento de nuestro pasado reciente contribuye a asentar nuestra convivencia sobre bases más firmes, protegiéndonos de repetir errores del pasado (…). El olvido no es una opción para una democracia.» Casi me han convencido de la necesidad de su existencia tan solo con esa apreciación pero ¿cómo se plasma esa idea realmente? El resto del texto es sumamente interesante para entender su significado.
La ley pretende recuperar la memoria de las víctimas del golpe de Estado, la Guerra de España y la dictadura franquista porque entiende que la sociedad española tiene un deber de memoria con aquellos que fueron perseguidos, encarcelados, torturados e incluso perdieron sus bienes y su vida en defensa de los valores democráticos. «La historia no puede construirse desde el olvido y el silenciamiento de los vencidos», dice textualmente.
Para aquellos que continúan pensando que en una guerra civil el sufrimiento anduvo repartido en muchas personas de ambos bandos, la ley tiene una respuesta contundente. Los que combatieron o se posicionaron del lado que resultó ganador ya tuvieron su momento de reconocimiento y reparación moral y económica durante la dictadura. Se exhumaron tumbas, se erigieron monumentos conmemorativos, se fijaron fechas para recordar, se pusieron nombres a calles... y se creó el Valle de los Caídos. Durante todos los años de la dictadura se impusieron políticas de memoria totalitaria que ensalzaron a los ganadores y persiguieron a los vencidos. No obstante, la lucha continua de aquellos que resistieron dentro y fuera de España desde el exilio mantuvo vivo el recuerdo de lo realmente ocurrido.
Partiendo de estos datos históricos, la ley persigue un doble objetivo: el que ya hemos comentado de preservar y mantener la memoria de las víctimas de la Guerra y la dictadura franquista y el de fomentar el conocimiento de las etapas democráticas de nuestra historia que fueron prolegómenos de la Transición y de nuestra actual Constitución. El fin último es «fomentar formas de ciudadanía abiertas, inclusivas y plurales, plenamente conscientes de su propia historia, capaces de detectar y desactivar las derivas totalitarias o antidemocráticas que crecen en su seno.».
No es esta ley, sin embargo, el primer paso en este camino. Ya se inició, aunque más tímidamente, en el año 1977 con la Ley de Amnistía. Dictada incluso antes que nuestra Constitución, la base de esta ley fue la de amnistiar todos los delitos cometidos referidos en la misma. También durante estos primeros años de democracia se realizaron múltiples actuaciones simbólicas que no cuajaron en un empuje real hasta bien avanzado el siglo XX cuando la denominada «generación de los nietos» tomó el relevo y quiso conocer con mayor profundidad el pasado de sus abuelos. Esto empujó a que el siglo XXI supusiera una nueva fase en materia de políticas de memoria.
En el año 2002 se aprueba una proposición no de ley, reiterada después en el año 2004, en la que se promulga el reconocimiento moral de todos los hombres y mujeres víctimas de la guerra y de la dictadura franquista. En el año 2006 la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa dicta una Recomendación en la que se condenan las «graves violaciones de los Derechos Humanos cometidas en España por el régimen franquista». Este reconocimiento internacional fue el motor de la norma anterior a la que ahora estamos analizando, la Ley de Memoria Histórica del año 2007, aún vigente, aunque con una aplicación desigual a lo largo de los años.
Ahora esta norma, quince años después, se considera insuficiente para proteger esa memoria que, además, cambia de apellido. Se abandona el término histórico y se prefiere el de de «memoria democrática» porque, tal y como antes comentaba, no solo se trata del reconocimiento de las víctimas sino también de rescatar y proteger la evolución democrática de los últimos siglos que han culminado en nuestra Constitución.
Explicadas las razones de su existencia, ahora tan solo queda adentrarse en su contenido, ¿qué normas contiene la ley para conseguir esos tan altos objetivos? Si polémica es su existencia, polémicas son también algunas de sus medidas. Estas son algunas de las más interesantes:
La ley define el concepto de víctimas dentro del campo de su aplicación y lo hace siguiendo la línea de la Resolución 60/147, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, de 16 de diciembre de 2005. Se incluye a todas las víctimas de la guerra y a todas las personas que sufrieron cualquier tipo de represión o persecución durante la dictadura y hasta la entrada en vigor de la Constitución de 1978, aunque esto resulta matizado por un enmienda propuesta por EH Bildu y finalmente incorporada a la ley. Debido a la necesidad del Gobierno de obtener un pacto con esta formación para sacar adelante la ley en su tramitación parlamentaria este dato se ha visto finalmente modificado en varios puntos. El más tenso es el referido a la actuación de la comisión técnica que estudiará las vulneraciones de los derechos humanos y que extenderá su campo de actuación hasta el 31 de diciembre de 1983. ¿Por qué hasta esta fecha? Ahí está la clave de la polémica. Al incluir este periodo se incluye el primer año de actuación de los GAL durante el gobierno socialista de Felipe González. Este hecho unido a que la ley nada dice de los crímenes de la banda terrorista durante ese periodo histórico ha generado una gran controversia. ¿No hay condena pero si un cierto reconocimiento a su resistencia democrática frente a una actuación postfranquista? ¿Podría llegar a considerarse finalmente a la banda terrorista como una víctima tras las investigaciones de esa comisión técnica? La ley deja una puerta abierta difícilmente aceptable para una norma de estas características aunque finalmente todo dependerá de cómo se gestione su aplicación. Sin duda, los pactos tienen un precio.
Se declaran radicalmente nulas todas las condenas y sanciones producidas durante la guerra y la dictadura por razones políticas, ideológicas, de conciencia o creencia religiosa o de orientación e identidad sexual.
Se fijan dos fechas con un significado histórico especial para hacer visible el recuerdo de manera oficial cada año. El 31 de octubre, fecha en que se aprobó en Cortes en 1978 la Constitución, es el día elegido para el recuerdo y homenaje a todas víctimas. El 8 de mayo, fecha en la que se celebra la victoria europea sobre el fascismo y el nazismo, es el día elegido para el recuerdo y el homenaje a las víctimas del exilio.
Se crea la figura de un Fiscal de Sala de Derechos Humanos y Memoria Democrática, un registro de víctimas con datos de fuentes y archivos del patrimonio documental y cualquier otra fuente nacional o internacional y se regula la elaboración de un Censo Estatal de Víctimas de la guerra y la dictadura con la finalidad de tener centralizados y no fragmentados los datos sobre las mismas.
Se realiza una mención especial al papel activo que tuvieron las mujeres en la lucha por la democracia y que se ha procurado que sea transversal a toda la ley y se reconoce la represión sistemática y específica que sufrieron las personas LGTBI con motivo de su orientación sexual o identidad de género.
Se incluyen entre las víctimas a los niños y niñas que fueron sustraídos y adoptados sin el consentimiento de sus padres, a sus padres y a sus hermanos porque se considera que esta fue también una forma de represión que afecto singularmente a las mujeres.
Se recogen y regulan específicamente los derechos de las víctimas: el derecho a la verdad, a la justicia y a la reparación, con la regulación de de aspectos como el mapa de fosas, el protocolo de exhumaciones, el régimen de autorizaciones para llevar a cabo las mismas, el acceso a los archivos y documentos y la realización de investigaciones públicas que esclarezcan las violaciones de derechos humanos y auditorias de los bienes expoliados durante la guerra y la dictadura.
Se regula el deber de memoria democrática que incluye cuestiones como las medidas a adoptar sobre los símbolos públicos, la revocación de distinciones, nombramientos, títulos, honores, condecoraciones... que guarden relación con la exaltación de la guerra y la dictadura y, la más importante desde mi punto de vista, la finalidad pedagógica de fomento de los valores democráticos y de convivencia que implica la adopción de medidas relacionadas con el ámbito educativo y la formación del profesorado.
Se regulan también los lugares de memoria democrática que tendrán una función conmemorativa y didáctica y que incluye la creación de un inventario que sirva de publicidad y conocimiento de los mismos.
Se declara extinguida la Fundación de la Santa Cruz del Valle de los Caídos. El Panteón de los Hombres Ilustres pasa a denominarse Panteón de España. Se prevé también un cambio de nombre y una reasignación a todo el conjunto del Valle de los Caídos, completando así un proceso que se inició con la exhumación de Franco y que tiene su continuación con la exhumación de Primo de Rivera, a la que se intentará llegar a través de un pacto con la familia.
Se crea un registro de entidades memorialistas a fin de reconocer la labor que ha venido realizando la sociedad civil en la defensa de la memoria democrática y la defensa de la dignidad de las víctimas. Se crea también un Consejo de Memoria Democrática como órgano consultivo y de participación de estas entidades. Este Consejo podrá crear un grupo de trabajo que elabore un informe sobre sobre la información existente en materia de violaciones de derechos humanos y proponga un plan de investigaciones.
Por último, se recoge un régimen de infracciones y sanciones con la finalidad de garantizar el cumplimiento de la ley.
Luces y sombras para una ley que, como decía al principio, requiere mayor precisión en su redacción, más consenso en su realización y, sobre todo, mayor transparencia en todo su proceso de elaboración para que todos entendamos por qué es preciso proteger nuestra memoria histórica y democrática, por qué es importante no olvidar y por qué es vital no repetir.
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