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Pandemia y suspensiones de desahucios

TUS DERECHOS ·

ELENA CUERVO Y SUSANA ALFAGEME

Lunes, 28 de noviembre 2022, 02:23

Durante la pandemia se tomaron medidas para evitar el corte de suministros y los desahucios para arrendatarios de vivienda habitual en situación de vulnerabilidad económica. Concretamente, el Real Decreto-Ley 11/2022, de 27 de junio de 2022, amplía la suspensión de los desahucios que ... tendría que haber finalizado el 30 de septiembre de 2022) hasta el 31 de diciembre de 2022. El plazo esta próximo a terminar, por lo que aquellos inquilinos que sigan viviendo en el inmueble arrendado y aún tengan suspendido su desahucio o el corte de suministros ya no podrán impedirlo a partir del 1 de enero de 2023, a no ser que una nueva norma vuelva a ampliar este plazo. ¿Significa esto que para futuros procedimientos de desahucio no se podrá alegar vulnerabilidad económica? No es así. La posibilidad de suspensión ya existía antes y se encuentra regulada en el artículo 441.5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Vamos a repasar el procedimiento de desahucio, para dejar un poco más claro cómo funciona. Cuando un inquilino deja de pagar la renta o cree que no va a poder pagar por completo la cantidad adeudada, el primer paso es negociar. Es importante que ambas partes hablen y aclaren la situación económica sin demora. Cuando el acuerdo no es posible, el arrendador tendrá que seguir adelante con la reclamación.

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