Dudas habituales ante el impago de rentas en un arrendamiento
ABOGADAS AL RESCATE ·
Un arrendatario que no paga, un arrendador que se ve en la situación de dar los pasos necesarios para poner fin al contrato de arrendamiento y tratar de percibir las rentas y cantidades adeudadas hasta donde sea posible… y un montón de dudas legales, especialmente en los primeros pasos
¿Se pueden recoger las llaves si el arrendatario nos las quiere entregar? Si para iniciar el contrato de arrendamiento hemos formalizado un contrato, para ponerle fin, ya sea por cumplimiento del plazo, ya sea por impago, ... ya sea porque llegamos a un acuerdo de término anticipado, es imprescindible recoger por escrito esta circunstancia, la devolución del inmueble y la entrega de las llaves. Si en ese momento se adeudan cantidades, es esencial recoger ese aspecto y su cuantía en el mismo documento por si fuera necesario reclamar posteriormente dichas cantidades. El mismo consejo hay que aplicar para los suministros de los que se deba hacer cargo el arrendatario y que puedan estar pendientes de pago o de facturación.
¿Es necesario enviar un requerimiento previo al arrendatario antes de interponer una demanda de desahucio? No es obligatorio hacerlo, pero si remitimos un requerimiento previo al arrendatario por un medio por el que nos quede constancia de su recepción (por ejemplo, por burofax con acuse de recibo) y esperamos un mes para presentar la demanda, este no podrá enervar la acción, es decir, aunque abone íntegramente lo adeudado una vez iniciado el procedimiento, no podrá parar el desahucio. Tampoco podrá hacerlo, aunque no remitamos ese requerimiento, si en un procedimiento de desahucio anterior ya se hizo uso de esta posibilidad. No obstante, en cualquier caso es importante hacer el requerimiento de pago cuando existan otras personas obligadas como, por ejemplo, un fiador, a fin de que tenga constancia de la deuda y de que se le va a reclamar en un procedimiento judicial de persistir el impago.
¿Se pueden pedir las rentas que se generen durante el procedimiento judicial? Cuando se interpone la demanda se incluyen las cantidades adeudadas hasta ese momento pero se pueden solicitar aquellas que se generen hasta el momento del lanzamiento, que se liquidarán posteriormente.
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