«Cibercondría»
ABOGADAS AL RESCATE ·
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ABOGADAS AL RESCATE ·
Hace unos días nos llamó la atención un artículo que analizaba la llamada hipercondría digital o «cibercondría»Lo definían como un desorden mental por el que una persona llega a creer que tiene una determinada enfermedad basándose en evidencias o síntomas muy débiles o incluso imaginarios sobre la base de la información localizada a través del Internet.
Se trata, en definitiva, de ... llevar al extremo algo que seguro casi todos nosotros hemos hecho en alguna ocasión. Tienes unas determinadas sensaciones y buscas si las mismas se corresponden a alguna enfermedad conocida a través de cualquiera de los buscadores que nos abren la puerta a Internet.
Disponer de una forma tan sencilla de tanta información es, sin duda alguna, positivo. Lo que puede resultar negativo y, en ocasiones, muy perjudicial, es no saber discriminar y valorar de una forma crítica esa información. Si no hacemos una buena búsqueda, no entendemos lo que estamos leyendo o no es correcto el contenido de lo encontrado, nos puede llevar a conclusiones erróneas que compliquen nuestro problema en lugar de solucionarlo.
Esta misma idea se puede aplicar al mundo jurídico y en dos aspectos diferentes aunque relacionados: cuando se comenta una sentencia o un caso especialmente mediático y cuando nos surge un problema y buscamos respuestas.
En el primero de los casos es evidente que una sentencia o un caso polémico generan un mundo de opiniones controvertidas en todos los medios de comunicación y en las redes sociales. En este punto hay que saber distinguir muy bien lo que son meras opiniones de que es la aplicación del derecho. En muchas ocasiones hay que profundizar más en el conocimiento de los hechos y de la realidad jurídica antes de poder plantear una opinión seria y fundada sobre cualquier asunto.
En el segundo de los casos, hay que tener mucho cuidado. Si tenemos cualquier duda jurídica, Internet pone a nuestra disposición infinita información sobre cualquier extremo. Incluso contamos con formularios para realizar cualquier gestión o contrato que podamos precisar. Aunque parezca fácil, no debemos llamarnos a engaño. Todos estos datos pueden servirnos como una primera orientación pero no debemos tomar decisiones únicamente sobre esta base.
Porque no toda la información es fiable, ni correcta, ni se encuentra actualizada y porque las normas jurídicas precisan una interpretación y una adaptación al caso concreto. No todos los supuestos son iguales ni requieren el mismo trato aunque a primera vista parezcan similares. Por poner un ejemplo, en veinticinco años de ejercicio no hemos llevado dos divorcios iguales ni hemos hecho dos contratos de arrendamiento idénticos y a lo largo de estos años la evolución de las leyes, en todos los aspectos aplicables a estos asuntos, han variado considerablemente.
Mención especial requieren los formularios. En muchas ocasiones nos hemos encontrado con contratos con cláusulas fuera de la ley, desfasadas o incluso que implican asumir un compromiso con la entidad que «amablemente» ha colgado ese formulario en la red.
Por todas estas razones y alguna más, nuestro consejo es acudir a la red para obtener información general pero evitar la «cibercondría» en todas las cuestiones, en las de salud, en las deportivas, en las alimenticias… y en las jurídicas.
De la misma manera que no estamos enfermos por lo que leamos en una página Web ni vamos a mejorar si lo estamos sin acudir a un médico, no vamos a solucionar un problema jurídico sin contar con un profesional.
De otra forma todos seríamos médicos, nutricionistas, entrenadores o abogados.
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