Secciones
Servicios
Destacamos
EL COMERCIO | AGENCIAS
Jueves, 1 de abril 2021, 11:53
El número de sentencias judiciales favorables a los conductores sancionados se ha incrementado en catorce puntos porcentuales en los últimos tres años, llegándose a anular en la actualidad cerca del 50% de las multas impuestas por la Dirección General de Tráfico (DGT).
Así se ... desprende de un estudio elaborado por Automovilistas Europeos Asociados (AEA), que detalla que en los últimos veinte años la DGT ha formulado 70 millones de denuncias en las carreteras de su competencia, con una recaudación de cerca de 6.500 millones de euros.
Durante este periodo las sanciones se incrementarón un 122% y de las 2.105.024 denuncias formuladas en 2001 se ha llegado a la cifra de 4.684.286 en 2019, a pesar de que el parque creció en menor proporción (42%).
No obstante, el estudio de AEA advierte que cada vez son más frecuentes los casos en los que los tribunales están dando la razón a los conductores frente a las multas impuestas por la DGT, especialmente las que se refieren a excesos de velocidad «porque no se está aplicando correctamente el margen de error de los radares».
Los radares aplican unos márgenes de error homologados, por lo que, si superamos en pocos kilómetros la velocidad permitida, es posible que debido al error de nuestro cuentakilómetros, y al margen aplicable, podamos recibir una multa que antes no nos llegaba.
Para calcular el margen de velocidad que tenemos, la propia Dirección General de Tráfico (DGT) ha explicado la 'regla del 7'. Se llama así porque el número 7 es la clave para recordar los límites: hasta 100 km/h, suma 7 km/h; y por encima de 100 km/h, suma el 7%.
En cualquier caso, deberemos tener claro que todos los radares, es decir, cualquier aparato de medición con imagen, deben pasar controles metrológicos periódicos. Si estos artilugios de medición están correctamente homologados, se establecen en la propia homologación un margen de error, por lo que la velocidad a la que nos podrán sancionar depende, entre otros factores, del propio margen en el que nos movamos.
La legislación vigente establece que en el caso de los radares fijos, de ondas y de tipo láser, el límite se encuentra en 5 km/h en velocidades inferiores a 100 k/h y en un 5% en mediciones superiores a esa velocidad. En el caso de los radares de helicóptero Pegasus, el margen de error aplicado por la DGT es del 10%.
AEA destaca en su informe que, en la actualidad, el 64% de los conductores prefieran pagar con descuento a plantear un recurso, aunque consideren que la denuncia formulada sea injusta.
¿Ya eres suscriptor/a? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.