Colpisa
Madrid
Lunes, 28 de agosto 2023, 14:09
El Tribunal Supremo ha aplicado la ley conocida como 'sólo sí es sí' para rebajar las penas de prisión impuestas a dos hermanos que emborracharon y violaron a una menor de edad que había acudido a su casa a cuidar a un bebé en Madrid.
Publicidad
Los magistrados han acordado rebajar de 14 a 12 años la condena del hermano que violó dos veces a la joven, que tenía 17 años cuando ocurrieron los hechos, y de 7 a 6 años la pena del que la violó en una ocasión.
La Fiscalía pidió que no se rebajaran las condenas argumentando que no se podía aplicar de forma retroactiva la Ley Orgánica de Garantía Integral de Libertad Sexual al considerar que las penas eran «proporcionadas», pero el Supremo cree que la nueva ley obliga a la reducción de las penas.
Según relata la sentencia, los hechos ocurrieron en abril de 2017. La menor, que entonces tenía 17 años, acudió a casa del acusado a hacer de canguro de un bebé de dos meses, como le había ordenado su tía. Al llegar, el hombre le empezó a dar de beber y comenzó a tocarla por encima de la ropa «pese a que (la víctima) le pidió que parase diciéndole que quería irse». El acusado le ofreció «vasos de cerveza» y logró que la víctima «alcanzara la embriaguez», lo que aprovechó para violarla.
Dos días después, la tía le dijo a la joven que volviera a ese domicilio porque «se había comprometido con la madre del bebé» y «para no defraudarla y porque necesitaba el trabajo» se sintió «obligada» a hacerlo. El hombre volvió a ofrecerle alcohol y le propuso mantener relaciones sexuales, a lo que ella se negó. Entonces, el hermano del principal condenado se llevó a la víctima a su habitación y aunque trató de resistirse, pero no pudo hacerlo por su «estado de ebriedad» y «por la mayor envergadura» del agresor. Más tarde, el primer acusado se la llevó a su cuarto y la violó.
Publicidad
Sabiendo que la madre del bebé estaba a punto de llegar al domicilio, los dos acusados dejaron en el portal a la menor, que fue localizada por un peatón «deambulando por la vía pública» antes de ser atendida por los servicios de emergencia.
En el juicio, la Audiencia Provincial de Madrid condenó en 2019 a los acusados a 14 y 7 años de cárcel, una sentencia que fue confirmada en 2021 por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Las penas ahora han sido rebajadas por el Supremo en aplicación de la ley del 'solo sí es sí', siguiendo el principio de retroactividad de la ley penal más favorable al reo.
3 meses por solo 1€/mes
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión
Te puede interesar
Fallece un hombre tras caer al río con su tractor en un pueblo de Segovia
El Norte de Castilla
Publicidad
Utilizamos “cookies” propias y de terceros para elaborar información estadística y mostrarle publicidad, contenidos y servicios personalizados a través del análisis de su navegación.
Si continúa navegando acepta su uso. ¿Permites el uso de tus datos privados de navegación en este sitio web?. Más información y cambio de configuración.