Distancia de seguridad obligatoria ministerio sanidad

Mascarillas: Dónde serán obligatorias y dónde no a partir de hoy

Deja de ser obligatorio el uso del tapabocas en espacios al aire libre, siempre que se cumpla con la distancia de seguridad

EL Comercio

Gijón

Jueves, 24 de junio 2021

El Consejo de Ministros aprobó el documento que pone fin al uso obligatorio de la mascarilla en espacios abiertos, que ha entrado en vigor este sábado. El Gobierno ha facilitado el contenido de la ley publicada en el BOE. Estas son las claves ... de la nueva normativa sobre el uso de mascarillas:

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Al aire libre, distancia de seguridad

Desde la entrada en vigor de la normativa, y con carácter general, ya no será obligatorio llevar la mascarilla en espacios al aire libre, siempre que se mantenga una distancia de seguridad de, al menos, 1´5 metros entre personas no convivientes.

Convivientes

En espacios al aire libre, no será necesario el uso de la mascarilla entre convivientes., idependientemente de la distancia de seguridad.

Espacios cerrados

La mascarilla será siempre obligatoria tanto en espacios cerrados de uso público como en espacios cerrados abiertos al público.

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Transporte público

La mascarilla también será obligatoria en medios de transporte públicos como el metro, tren, avión o barco y transportes privados complementarios de personas no convivientes de hasta 9 plazas. En los camarotes privados de trenes y barcos se podrá prescindir de la protección.

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Eventos multitudinarios

En eventos multitudinarios al aire libre donde los asistentes se encuentren de pie y no se pueda garantizar la distancia de seguridad de 1,5 metros, será obligatoria la mascarilla.

Sin embargo, aquellos que se den en espacios abiertos y en los que los asistentes ocupen asientos separados entre sí por, al menos, 1´5 metros, el uso del tapabocas no será indispensable.

Esta misma limitación se aplica a eventos musicales, deportivos o de cualquier tipo que se den al airle libre. Además, será obligatorio llevar siempre encima una mascarilla por si se produce una aglomeración o hay que entrar en un sitio cerrado.

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Residencias y trabajadores esenciales

No será obligatoria para usuarios de instituciones de atención de personas mayores o con diversidad funcional ni en residencias colectivas de trabajadores esenciales, si la pauta completa de vacunación supera el 80%. Los trabajadores de los centros y las visitas estarán obligados a llevarla.

Igualmente, en las zonas compartidas bajo techo de bomberos, policías, sanitarios, militares etc. Se podrá estar sin protección buconasal si más del 80% del colectivo está completamente vacunado. En el caso de las prisiones, el Ministerio de Sanidad está pendiente de definir las reglas sobre el uso de mascarillas.

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