e. c.
Sábado, 16 de mayo 2020, 22:36
Dada la proximidad del verano, mucha gente están pensando ya en contratar unas vacaciones. FACUA-Consumidores en Acción no aconseja contratar viajes para los meses de verano porque «todavía es pronto para saber cuándo podrán realizarse desplazamientos con fines vacacionales y a qué lugares asi como las fechas y territorios donde se permitirá abrir de nuevo a hoteles y alojamientos turísticos».
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FACUA realizó esta recomendación cuando aún no se había puesto en marcha el proceso de desescalada pero los consejos sobre la contratación de los viajes siguen siendo los mismos.
Advierte del alto riesgo de que «aerolíneas, hoteles y agencias de viajes pongan trabas para devolver el dinero e intenten que se acepten bonos para ser utilizados en el futuro». Según la organización, las empresas de estos sectores podrían quebrar, por lo que admitir bonos puede ser peligroso si no tienen el respaldo de un documento emitido por un avalista -banco o aseguradora- que asegure que el importe concreto adeudado está cubierto.
Devolución de los viajes ya contratados
FACUA informa de que, según la directiva europea sobre viajes combinados, los usuarios tienen derecho a reclamar a las agencias que les devuelvan el importe de los paquetes turísticos de los que no vayan a poder disfrutar por causas de fuerza mayor que encajan con la situación de la COVID-19. El plazo máximo para la devolución es de 14 días
La organización advierte de que las aerolíneas están apelando a su derecho a ofrecer a los consumidores un bono como alternativa a la devolución del dinero porque el Gobierno lo recoge así en el Real Decreto-ley 11/2020. No obstante, FACUA recuerda que prevalece la Directiva comunitaria y que el citado decreto aprobado durante el estado de alarma sólo se puede aplicar en los casos en los supuestos donde no se contradiga la norma europea.
En el caso de los vuelos contratados sin paquete turístico, la normativa varía en función de si la erolínea cancela el vuelo o es el usuario el que comunica que no puede viajar. Los usuarios tienen derecho a reclamar a las aerolíneas un reembolso de su billete en un máximo de 7 días si el vuelo ha sido cancelado y en 74 días si son ellos los que comunican que no pueden viajar.
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Si las compañías aéreas cancelan el vuelo como consecuencia de la situación derivada de la COVID-19, los pasajeros pueden reclamarles la devolución del importe íntegro según el Reglamento (CE) 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo. Según este reglamento, si los usuarios sufren la cancelación de regreso a su ciudad la aerolínea debe abonarles el alojamiento y la manutención hasta que pueda retornarles.
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