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M. B.
Sábado, 20 de abril 2024, 14:13
Existen más de un millón de ascensores en España según los datos registrados a finales de 2019. De ellos, 400.000 tienen más de 30 años de servicio. Por ello, el Gobierno aprobaba una nueva normativa en seguridad para estos aparatos elevadores el pasado 2 ... de abril en el Consejo de Ministros cuyas novedades concretas publicaba el pasado sábado el Boletín Oficial del Estado (BOE). La 'Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 de Ascensores' entrará en vigor el 1 de julio. ¿Qué novedades hay que tener en cuenta si se tiene una ascensor en el edificio?
La nueva normativa regula la puesta en servicio, modificación, mantenimiento e inspección e incremento de la seguridad del parque de ascensores existente y supone un coste de unos 708 millones de euros a abordar en siete años.
En primer lugar y para la puesta en servicio de los nuevos ascensores el titular o representante deberá entregar ante el órgano competente de la comunidad autónoma, la siguiente documentación:
-Ficha técnica de la instalación.
-Declaración CE de conformidad.
-Manual de funcionamiento.
-Contrato de mantenimiento.
-Certificado de inspección inicial favorable.
En el caso de los ascensores ya instalados, la nueva norma también detalla una serie de inspecciones, «con el fin de comprobar que los aparatos se mantienen en las mismas condiciones de seguridad que presentaban cuando se introdujeron en el mercado, más las posteriores que les fueran exigibles», indica. Estas inspecciones podrán ser:
-Inspecciones iniciales
-Inspecciones periódicas.
-Tras modificación.
-Tras accidente.
Las inspecciones periódicas serán cada dos años para edificios industriales o pública concurrencia, cada cuatro años para edificios residenciales de más de 20 viviendas o más de cuatro plantas; y el resto cada seis años, mientras que se detalla la tipología de defectos (leve, grave, muy grave) y sus consecuencias (el ascensor puede quedar fuera de servicio hasta la subsanación).
La norma incluye además una serie de mejoras de seguridad que deberán implantarse en los asecensores ya existentes antes del 1 de julio para no quedar fuera de servicio: mejora de la nivelación, detección en puertas con cortinillas no solo por haz puntual, para evitar atrapamientos por las puertas de cabina o la protección del usuario contra los movimientos ascendentes incontrolados de la cabina y los movimientos incontrolados de cabina en reposo y puertas abiertas.
Además, otras de las medidas presentes en la normativa son la comunicación bidireccional en cabina, la sustitución de guías de madera o cilíndricas, la implementación de dispositivos de control de carga o la modernización del contrapeso, para que «las pesas no se salgan de la guía, siempre que no sean ascensores históricos».
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