N. V.
Miércoles, 24 de julio 2024, 16:39
No cabe duda que tener un animal de compañía es una gran responsabilidad. Una de las obligaciones a tener en cuenta, además de saber a conciencia los cuidados que necesitan estos animales, es conocer exhaustivamente la legislación sobre su tenencia. Pues las sanciones por cualquier actividad no permitida de los perros recae en su dueño. Y no solo se dirigen a estos responsables por cuestiones más serias, como el maltrato o el abandono animal, sino por comportamientos no permitidos en el día a día. Uno muy habitual es el de pasear con estas mascotas sin atar o sin bozal. Conductas que pueden implicar a terceros y que, por desgracia, ocurra una tragedia motivada por la imprudencia.
Publicidad
En España, la legislación obliga a llevar al perro siempre con la correa cuando está en la calle, salvo en los espacios habilitados para estos animales. Esta sanción económica oscila entre los 90 y los 300 euros y aumenta si la raza del perro está entre las consideradas como peligrosas. Estos son: perros que han tenido episodios de agresiones a personas u otros perros; también los que han sido adiestrados para el ataque y la defensa; a ello se suman, específicamente, una serie de razas o cruces, que ya se les aplica de base este rasgo: bullmastiff, dobermann, dogo argentino, dogo de Burdeos, fila brasileiro, mastín napolitano, pit bull, de presa canario, rottweiler, staffordshire americano y tosa japonés.
Estas sanciones no son ninguna tontería. Las cifras pueden ser muy altas al tratarse de un perro potencialmente peligroso. Las consideradas graves oscilan entre los 2.404 euros a los 15.025 euros. Aquellas conductas calificadas como de incumplimiento grave van desde los 300 a los 2.404 euros.
Infracciones graves: dejar suelto al perro potencialmente peligroso o no haber adoptado las medidas necesarias para evitar su escapada o extravío; la tenencia de un animal de estas características (PPP) sin identificar o sin estar inscrito en el Registro Municipal o mantenerlos en lugares públicos sin bozal o correa reglamentaria.
Infracciones muy graves: ser poseedor de animales potencialmente peligrosos sin la preceptiva licencia; su venta o transmisión a quien carezca de licencia; así como adiestrar animales para activar su agresividad o para finalidades prohibidas, entre las que está la organización o celebración de concursos, ejercicios, exhibiciones o espectáculos de animales potencialmente peligrosos, o su participación en ellos, detenidos a demostrar esta agresividad.
Publicidad
Después de la entrada en vigor de la nueva Ley de Bienestar Animal, la obligatoriedad de ser poseedor de un seguro civil de canes recae a todo aquel que los tenga. Antes solo aplicaba a aquellos dueños de perros pertenecientes a las consideradas razas potencialmente peligrosas. Esto quiere decir que aquellos propietarios que no cuenten con un seguro de responsabilidad civil para sus perros podrán ser multados con sanciones entre 500 y 10.000 euros.
Este requisito indispensable es una póliza que cualquier tutor canino deberá contratar para poder pagar cualquier gasto relacionado con los daños que el perro pueda ocasionar a terceros (tanto personas físicas como a materiales). Por ejemplo, si nuestro perro muerde a alguien durante un paseo o corriendo en el parque, tira a una persona sin querer; así como si rompiese algo en una propiedad privada, como un restaurante.
3 meses por solo 1€/mes
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión
Te puede interesar
Publicidad
Utilizamos “cookies” propias y de terceros para elaborar información estadística y mostrarle publicidad, contenidos y servicios personalizados a través del análisis de su navegación.
Si continúa navegando acepta su uso. ¿Permites el uso de tus datos privados de navegación en este sitio web?. Más información y cambio de configuración.