Cinco días para determinar si hay acoso escolar y quince para actuar

La Consejería de Educación elabora un nuevo protocolo que agiliza los plazos y mejora la información a las familias de las víctimas | El curso pasado hubo 109 denuncias pero solo se constataron indicios claros de acoso en cinco

Lunes, 26 de marzo 2018, 12:38

Desde el momento en que la dirección de un centro educativo público o concertado tiene conocimiento de un presunto caso de acoso escolar, tiene cinco días lectivos como máximo para dirimir si hay indicios que sostengan esa denuncia o se trata de un hecho aislado. ... De confirmarse que se trata de acoso, deberá ponerse a trabajar para, en quince días como máximo contar con un plan de actuación y antes de veintidós días, presentar al Servicio de Inspección Educativa un informe sobre la evolución del caso.

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Son los plazos que marca el nuevo protocolo elaborado por la Consejería de Educación del Principado, que actualiza las pautas recogidas en la guía que se venía aplicando hasta ahora, de 2004, y que esta misma semana estará a disposición de los centros educativos. También los privados deberán aplicarlo en el caso de que no tengan aprobado un plan de actuación propio en casos de acoso.

«Queremos reducir esta lacra a su mínima expresión, porque supone un fracaso del sistema, de las familias y de toda la sociedad», expresó esta mañana el responsable de Calidad y Evaluación de Inspección Educativa Arturo Pérez Collera. Además de agilizar los plazos para resolver estas situaciones -«lo fundamental es intervenir con rapidez», ha dicho el consejero, Genaro Alonso-, el nuevo protocolo supone una mejora en la comunicación con las familias de las víctimas ya que éstas estarán informadas en todo momento «de lo que se ha hecho y de las medidas que se van a adoptar», garantizó Dolores Guerra, jefa del servicio de Inspección Educativa.

El acoso, según se recoge en el protocolo, puede consistir en actos de agresiones físicas, amenazas, vejaciones, coacciones, agresiones verbales, insultos, o en el aislamiento deliberado de la víctima, «siendo frecuente que dicho fenómeno sea la resultante del empleo conjunto de todas o varias de estas modalidades». Independientemente de la valoración que se haga de cada caso, el protocolo deja claro que se está ante un caso de acoso escolar cuando se cumplen cuatro requisitos:

1.Repetición. Es una acción que requiere continuidad en el tiempo.

2.Intencionalidad. Hay intención consciente de causar daño, lo que genera en la víctima la expectativa de ser blanco de futuros ataques.

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3.Desequilibrio de poder e indefensión. Hay una desigualdad de poder físico, psicológico y/o social que genera un desequilibrio de fuerzas en las relaciones interpersonales. La víctima no encuentra estrategias para defenderse y sufre aislamiento, estigmatización y pérdida de autoestima.

4.Personalización. El objetivo del acoso suele ser normalmente una única víctima, que termina de esta manera en una situación de indefensión.

Según datos de la Consejería de Educación, el curso pasado se recibieron en el Servicio de Inspección Educativa 109 denuncias por presuntos casos de acoso escolar: cuatro en Infantil, 48 en Primaria, 54 en Secundaria, uno en Bachillerato y dos en Formación Profesional. De ellas, 80 correspondían a centros públicos y 29 a concertados. Tras analizar cada caso, solo se constataron indicios claros de acoso en cinco. Este curso, y hasta el pasado día 21 de marzo, se habían denunciado 63 casos. Ocho de ellos ya se han abordado con el nuevo protocolo, pese a que éste aún no era de obligatorio cumplimiento al no estar publicado en la web de Educastur.

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