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J. L. A.
Miércoles, 19 de febrero 2020, 12:17
La Audiencia Provincial de Valencia ha condenado 33 años de prisión a un hombre que asesinó y agredió sexualmente a una mujer septuagenaria en la localidad de Xàtiva. La Sección Tercera estipula en el fallo que el acusado debe ingresar en un psiquiátrico por un ... tiempo no superior al de dicha condena, informó este miércoles el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
La sentencia recoge el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular tras el juicio celebrado en febrero. De esta manera considera probado que el 10 de febrero de 2017 el acusado se presentó en el domicilio de la víctima, de 75 años y comenzó a llamar insistentemente a la puerta. La mujer, que lo conocía previamente porque era vecino del mismo municipio, le permitió entrar.
Cuando ambos se encontraban en la vivienda, el acusado comenzó a golpearla con la varilla de una percha de madera, señala el fallo. La víctima cayó aturdida al suelo y continuó recibiendo golpes por todo el cuerpo con el mismo objeto. El agresor llegó a introducirle un trozo de la percha por la vagina y el ano. Cuando la mujer se hallaba inconsciente y, por tanto, sin posibilidad alguna de defenderse, destaca el tribunal, le metió el fragmento de percha en la boca y le causó así la muerte por asfixia.
El magistrado que presidió el tribunal del jurado considera al acusado autor de los delitos de asesinato y agresión sexual, aunque aprecia en su conducta la circunstancia eximente incompleta de alteración psíquica, ya que en el momento de los hechos sufría un «retraso mental moderado desde hacía años que afectaba a sus facultades intelectivas y volitivas de forma leve-moderada, pero sin anular las mismas».
El fallo establece por el asesinato una pena de 23 años de prisión y una medida de internamiento para tratamiento médico en un establecimiento adecuado al tipo de anomalía o alteración psíquica que padece por tiempo no superior a dicha condena. Además, contempla otra pena de diez años de cárcel por el delito de agresión sexual y una medida de internamiento psiquiátrico no superior a ese tiempo.
Igualmente, el condenado deberá indemnizar con 180.000 euros a los familiares de la fallecida y participar, tras el cumplimiento de las penas privativas de libertad, en un programa formativo de educación sexual.
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