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En la estela de la sentencia contra La Manada de Pamplona, el Supremo ha dictado penas de 16 y 15 años contra los dos hombres mayores de edad, Miguel M. y Gabriel C., que participaron en la violación grupal de Jaén. En la ponencia firmada ... por la magistrada Susana Polo se reafirma el criterio de la agresión sexual continuada, que el máximo tribunal había indicado a la Fiscalía para acusar en estos casos, y que había sido seguido en este caso por las instancias previas del aparato judicial. A los condenados además se les probó otro delito de lesiones.
Con antecedentes por quebrantar condenas, resistir a la autoridad y cometer una agresión sexual -cuya condena de dos años fue suspendida unos meses antes de la violación grupal por la que ahora es condenado-, Bubi, como apodan a Gabriel C. de 24 años, junto a Miguel M, de 21 años, y otros tres individuos menores de edad, acorralaron a la víctima, de 17 años en ese momento, cuando caminaba por el Paseo de la Estación de Jaén.
«Te vamos a demostrar lo que es bueno», le dijeron poco antes de la seis de la tarde de un día de marzo de 2018. Miguel M. regordete, de 178 centímetros, pálido, ojos azules, pelo rubio y vestido de chándal y sudadera, la introdujo en el portal. «Es uno de ellos», le señaló en el juicio. Entre los cinco, la inmovilizaron, le taparon la boca, la golpearon en la cara cuando intentó defenderse. «Puta», «zorra», le insultaron.
Se reían cuando la manosearon en los pechos y el resto del cuerpo. Según refieren los hechos probados, ella forcejeaba sin poder evitar que le quitaran los pantalones y las bragas y la tiraron al suelo. Los dos adultos, ahora condenados definitivamente, le introdujeron los dedos en sus partes íntimas de manera sucesiva, mientras la víctima gritaba de dolor. Cuatro de ellos, incluyendo a Miguel M. y Gabriel C, quisieron obligarla a practicar felaciones pero ella se resistió «cerrando fuertemente la boca». Al escuchar ruidos, patearon a la menor y huyeron. Las lesiones físicas de la víctima han tardado en curar 201 días, recoge el parte. Las psicológicas perduran.
Con el testimonio de la víctima se les condenó. A Gabriel C. a 15 años por la agresión sexual continuada y otro año y medio por lesiones, mientras que las penas de Miguel M. suman un año menos. Entre los dos deberían indemnizar a la víctima con 62.000 euros. Los tres agresores menores de edad, por su parte, siguen el régimen correspondiente.
Los dos hombres recurrieron, debido a que su defensa era oponer sus versiones a la de la agredida. El Supremo ahora también refuerza la acusación basada en el recuento de la parte acusadora. Con «la prueba de carga centrada en la declaración testifical de la menor», que una vez valorada se consideró sin contradicciones ni ambigüedades, carente de móviles espurios y, por el contrario, coherente y verosímil, ella los había identificado.
«La testigo hace un relato de los hechos y responde a las preguntas que le hicieron las partes en el juicio, con sobriedad, minuciosidad y madurez, lo que abunda en la fiabilidad de su testimonio también sobre la identidad de los autores», valora Polo. «Durante los diez o quince minutos en una situación tan angustiosa e impactante, es razonable considerar que los rasgos de los agresores quedan marcados en su recuerdo de manera particularmente nítida». Los condenados están en prisión desde marzo de 2018.
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