En alguna ocasión os habéis cruzado con un animal en la vía cuando vais conduciendo? Y, más concretamente, ¿con un jabalí?

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Las encuestas indican claramente que el número de accidentes con animales se ha incrementado en porcentajes altísimos y, dentro de estos, especialmente los que ... tienen como protagonistas a los jabalíes.

Así que hagamos un repaso de los puntos más importantes que debemos tomar en cuenta.

¿Quién es el responsable de un accidente con un animal de una especie cinegética?

Actualmente, la ley establece que cualquier conductor que sufra un accidente como consecuencia del atropello de una especie cinegética será responsable de los daños a personas y bienes.

Es decir, es el conductor y no el coto el responsable en casi todos los casos, con algunas excepciones que ahora veremos, y que, por tanto, su seguro cubrirá los daños a terceros pero no los propios. Ahora bien, eso sí, la ley tiene la deferencia de indicar que no se le puede reclamar el valor del animal atropellado. Algo es algo.

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¿En qué casos no responde el conductor? Son dos supuestos. En primer lugar, el que hace recaer la responsabilidad en el coto de caza cuando el siniestro sea consecuencia directa de una batida de caza mayor o cuando el accidente se produce durante las doce horas posteriores a dicha batida. En segundo lugar, el que hace recaer la responsabilidad en la Administración titular de la vía cuando existan fallos de cerramiento o no se haya colocado la señalización adecuada.

¿Cómo debemos actuar en caso de tener uno de estos accidentes?

Una vez detenido el coche tras el impacto, si no nos ha ocurrido nada a nivel personal, es importante no tocar al animal si está herido, señalizar la zona para que el resto de usuarios de la vía visualicen el área del accidente y comunicar el suceso al 112, que movilizará los efectivos necesarios.

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Es esencial fotografiar al animal o, en caso de huida, los restos que haya podido dejar. También es importante fijarse ya si en la zona hay problemas de cerramiento o ausencia de señales que indiquen el peligro y anotar bien día y hora para comprobar después si coincide con alguna batida en un coto cercano.

En estos casos, es necesario que todos estos datos figuren en el atestado que se levante, también los de los testigos que presenciaron el accidente, porque esto facilitará después la determinación de la responsabilidad y, por supuesto, dar parte a la compañía aseguradora.

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¿Cubren las compañías aseguradoras este tipo de siniestros? La aseguradora debe hacerse cargo de los daños a terceros, pero, como hemos indicado, no se hace cargo de los propios salvo que se trate de un seguro a todo riesgo o hayamos incluido expresamente la cobertura de accidentes con animales cinegéticos. Es muy habitual que hoy en día figure ya esta opción en casi todas las pólizas, pero es importante revisar nuestro seguro y comprobarlo expresamente.

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