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Desde el 2 de abril hasta el 26 de junio se podrá solicitar y presentar por Internet o por correo ordinario el borrador de la declaración de la renta para este año, referida al ejercicio fiscal 2018.
Si prefieres gestionarlo ... en las oficinas de la Agencia Tributaria, a partir de las primeras semanas de mayo podrás hacerlo, solicitando con antelación cita previa. También tendrás que pedir cita si quieres realizar alguna modificación del borrador en las oficinas de manera presencial.
Ahora, si te resulta más cómodo investigar por tu cuenta, la Agencia Tributaria lo pone fácil gracias a la aplicación para móviles con sistema iOS y Android desde la cual podrás conocer los datos fiscales y solicitar el número de referencia para gestionar la declaración.
- Aumenta el mínimo para no declarar por dos pagadores.
- Devolución por retenciones de prestación de maternidad.
- Ampliación de la deducción por familia numerosa.
- Deducciones por persona con discapacidad a cargo.
- Rentas del trabajo: incluidas pensiones y haberes pasivos, así como las pensiones compensatorias.
- Rentas del capital mobiliario sujetas a retención o ingreso a cuenta.
- Pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión o el reembolso a título oneroso de acciones o participaciones del capital o patrimonio de las instituciones de inversión colectiva.
- Rentas del capital mobiliario, derivados de Letras del Tesoro.
- Ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta.
- Imputación de rentas mobiliarias, que procedan como máximo de ocho inmuebles.
- Rendimientos de capital mobiliario e inmobiliario.
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