Laura Borràs en una imagen de archivo, Archivo

El Supremo confirma la condena de cuatro años y medio de cárcel de Laura Borràs

El Alto Tribunal rechaza que pueda ser amnistiada: fue condenada por «corrupción» por los delitos de prevaricación y falsedad en documento oficial

Cristian Reino

Barcelona

Miércoles, 12 de febrero 2025, 12:30

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 4 años y medio de prisión, 13 años de inhabilitación y una multa de 36.000 euros impuesta a la expresidenta del Parlament, Laura Borràs, por los delitos de prevaricación y falsedad en documento mercantil. Borràs, expresidenta ... de Junts, fue condenada por el TSJC por adjudicar de forma irregular a un amigo, mediante 18 contratos menores, trabajos por valor de 335.000 euros durante su etapa como directora de la Institució de les Lletres Catalanes, organismo de la Generalitat.

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El Alto Tribunal, además, siguiendo el criterio de la Fiscalía, ha rechazado la petición de la dirigente nacionalista de que se le aplicase la ley de amnistía. Según el Supremo, los hechos probados que han sido calificados como delitos de prevaricación y de falsedad «no guardan relación alguna» con el proceso independentista catalán.

Borrás recurrió la sentencia del TSJC. Cuestionó la proporcionalidad de la pena impuesta. El argumento que esgrimió fue que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña propuso en su sentencia un indulto parcial para dejar en dos años la pena de cuatro años y medio de cárcel. El fallo judicial incluyó además un voto particular de una magistrada que reclamaba una condena inferior.

El Supremo rechaza el recurso de los abogados de la exlíder de Junts y considera proporcionada la pena impuesta, porque «los hechos probados se enmarcan en una conducta inserta en la corrupción de un funcionario público que se sitúa al margen de la ley, la desobedece y vulnera los principios que informan el actuar de la administración pública«.

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La sentencia, dictada por unanimidad, cree que «es difícilmente atendible« el argumento de la defensa de la dirigente nacionalista, »dada la entidad del daño producido, porque no sólo se ha producido un quebranto patrimonial, al Estado, sino también un daño a las normas de convivencia y de ordenación social, en los términos señalados, por un funcionario público llamado a observar las exigencias del Estado de derecho».

En síntesis, los hechos probados recogen que Laura Borrás, cuando era directora de la ILC, entre 2013 y 2018, recibió el encargo de elaborar un portal web. Para ello, encomendó su creación, desarrollo y mantenimiento a un conocido suyo, pese a saber que al hacerlo prescindía del procedimiento administrativo de contratación preceptivo y las exigencias que comportaba la libre concurrencia y precio.

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Al ser advertida por los funcionarios del trámite legal que había que seguir, decidió simular la adjudicación de los trabajos ya encargados, siguiendo la tramitación administrativa prevista para los contratos menores, abonando, a través de una persona interpuesta, el importe de los trabajos realizados.

Junts ha cargado con todo contra el Supremo, al que ha acusado de «linchamiento» contra la dirigente soberanista. En una comparecencia desde el Parlament, el secretario general de Junts, Jordi Turull, ha calificado el caso de Borràs de «lawfare de manual». Según Turull, la justicia española es el «Guantánamo» de la justicia de la UE. «Combatiremos con todos los medios la toga nostra», ha avisado el líder de Junts, que no ha avanzado qué pasos dará a partir de ahora la expresidenta del partido en su defensa. No ha descartado un recurso al Tribunal Constitucional ni la petición de indulto al Gobierno, que ya contemplaba la sentencia. «Junts hará lo que nos pida Laura Borràs. Nos ponemos a su disposición», ha asegurado Turull.

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Borràs, tras ser relegada de la presidencia de Junts, sustituida por Carles Puigdemont en el último congreso del partido celebrado meses atrás, está a la espera de ocupar un nuevo cargo en la formación. En el congreso, se le asignó la dirección de la fundación de Junts. Pero sigue pendiente. En el partido, han evitado avanzar cómo está el asunto.

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña también condenó a otras dos personas, una de ellas a la que se le adjudicó el contrato y otra el administrador de una empresa informática. Fueron considerados cooperadores necesarios del delito continuado de falsedad en documento oficial y autores de un delito continuado de falsedad en documento mercantil, por lo que se les impuso 2 años de prisión y 1 año y 2 meses respectivamente. Ninguno de los dos recurrió su condena ante el Tribunal Supremo.

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