Secciones
Servicios
Destacamos
ANA MORIYÓN
OVIEDO.
Jueves, 22 de octubre 2020, 01:36
El informe forense solicitado por la Audiencia Provincial para determinar si José Ángel Fernández Villa debe o no ingresar en prisión resuelve que su enfermedad limita su autonomía. Los médicos no se pronuncian sobre si el ex secretario general del SOMA debería o no ... cumplir la condena de tres años de cárcel que pesa sobre él. Es el tribunal quien ahora, teniendo en cuenta este informe y después de escuchar a Fiscalía y a las demás partes personadas en el proceso, deberá resolver si ejecuta o no la sentencia.
El equipo forense no llegó a explorar al condenado de forma presencial, como había solicitado en su día la acusación, como consecuencia de la nueva normativa de prevención con motivo de la covid. El informe emitido se basa, explican, tomando en consideración el historial médico del paciente y los informes presentados por la defensa, que recurrió la orden de ejecución de sentencia alegando enfermedad. Ahora será la Fiscalía, la acusación -que ejerce el SOMA a través del despacho Ontier- y la propia defensa de Villa -a cargo de la letrada Ana Boto- quienes se pronuncien al respecto antes de que la Audiencia tome una decisión.
La acusación, conviene recordar, ya batalló en su momento con los informes que la defensa presentó para tratar de evitar que Villa fuera sometido a un interrogatorio judicial e, incluso, presentó informes contradictorios para que, tal y como ocurrió finalmente, el exlíder sindical se sentara en el banquillo de los acusados y fuera juzgado. El Tribunal Supremo ratificaba este verano la condena impuesta por la Audiencia Provincial en septiembre de 2018 y confirmaba la pena de tres años de cárcel para quien fuera secretario general del Sindicato Obrero Minero de Asturias (SOMA-UGT) por delito continuado de apropiación indebida de fondos del sindicato.
La Audiencia ordenaba posteriormente la ejecución de la condena, pero el exlíder sindical presentó un recurso alegando estar enfermo en el que incluía varios informes médicos. Ante esto, el SOMA, en calidad de acusación, reclamó que fuera examinado por un forense.
El exsecretario del Patronato de la Fundación Infide, Pedro Castillejo, también presentó un recurso para evitar entrar en prisión. En su caso, se acogió al supuesto de suspensión de la condena ordinario por tratarse de una pena de dos años y no tener antecedentes. Ante esta solicitud, el sindicato minero requirió al exsindicalista que concretase cómo abonaría la responsabilidad civil. Castillejo fue condenado por la Audiencia Provincial por un delito continuado de apropiación indebida, condena ratificada por el Tribunal Supremo, a dos años de prisión y 2.400 euros de multa, así como a indemnizar con 114.952 euros a la fundación que dirigía.
En el caso de Villa, la Audiencia Provincial dictó sentencia el pasado 19 de septiembre de 2018 imponiendo, además de la condena de tres años de cárcel, la indemnización con 234.462 euros a SOMA-Fitag-UGT y con 190.696 euros a SOMA-UGT, lo que hace un total de 425.000 euros, una multa de 24.000 euros e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
Tanto Audiencia Provincial como Supremo consideran que José Ángel Fernández Villa, «prevaliéndose del ejercicio de sus cargos sindicales, hizo suyas diversas cantidades de las organizaciones que representaba, no dándoles el destino que les correspondía, existiendo un dolo de continuidad en todos los hechos».
¿Ya eres suscriptor/a? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.