La Fiscalía del Principado de Asturias entiende que «procede suspender la pena privativa de libertad» impuesta a José Ángel Fernández Villa, exsecretario del SOMA, debido a su «deteriorado estado cognitivo», y así lo ha trasladado a la Audiencia Provincial en un informe ... enviado esta mañana a la Sección Tercera. El Fiscal considera que «el mayor deterioro cognitivo de Villa desde la celebración del juicio oral supone una afectación tan severa que se encuentra en situación de falta de percepción de estímulos externos, o al menos de una forma tan relevante que le impide comprender el sentido de la pena de prisión que eventualmente se le ordenase cumplir por el delito continuado de apropiación indebida por el que fue condenado». La propuesta de la Fiscalía será pues que no cumpla la condena de tres años de cárcel impuesta por la Audiencia Provincial de Oviedo y ratificada el pasado verano por el Tribunal Supremo.
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La defensa de Villa había alegado enfermedad primero para no someter al exlíder sindical al proceso judicial y luego para tratar de eludir el ingreso en prisión. Ante esto, el sindicato SOMA, que ejerce como acusación, había solicitado una nueva valoración médica. El Ministerio Fiscal, que siempre se había mantenido en línea con las peticiones de la acusación, reconoce que el penado, «ya desde la fase de instrucción, presenta un deterioro cognitivo, que es el que a día de hoy produce una afectación de las actividades básicas de la vida diaria, y sobre el que es decisiva su evolución desde la celebración del juicio oral». Se trata en este caso de «una enfermedad que sí se puede calificar de muy grave, por cuanto afecta a elementos esenciales del desarrollo personal (actividades básicas) y por el grado de afectación». Recuerda el ministerio fiscal que «en el juicio oral ya se evaluó completamente su deterioro cognitivo y su irreversibilidad, y tal y como se hace constar en el informe forense, muestra un mayor deterioro generalizado a pesar del seguimiento médico y tratamientos pautados». Además, presenta «poca conectividad con el medio, lo que impide la realización de pruebas concretas de deterioro cognitivo, si bien en la exploración no presenta lenguaje espontáneo, hay una gran lentitud y no es capaz de ejecutar órdenes seriadas básicas».
No obstante, pese a la inexistencia de estas pruebas, teniendo en cuenta la exploración médico forense, unida a la valoración del grado de dependencia, y todo ello puesto en relación con una involución en su estado de deterioro cognitivo, hacen concluir que «su estado le dificulta notoriamente la posibilidad de comprender el sentido de la pena». Se trata, en definitiva, de «una persona que tiene dificultad para comprender la realidad externa, por lo que ha de presumirse que esta dificultad será mayor aún para comprender el sentido de una privación de libertad».
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