El Juzgado de Instrucción número 3 de Oviedo que se ocupa del denominado 'caso Hulla' descarta responsabilidades políticas en la concesión de la subvención de 30 millones de euros al Montepío de la Minería para la construcción de la polémica residencia de ... Felechosa, eje de la presunta trama de corrupción. La magistrada Begoña Fernández acaba de denegar la solicitud realizada el pasado mes de enero por la Fiscalía Anticorrupción para llamar a declarar, en calidad de investigados, al ex secretario de Energía en la etapa de José Luis Rodríguez Zapatero, Pedro Luis Marín Uribe; al exconsejero de Industria asturiano Graciano Torre y a otros tres exaltos cargos del Instituto del Carbón (Carlos Fernández Álvarez, Manuel Gómez-Cano, María Isabel Azpeitia) por su presunta autoría en sendos delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos. Igualmente, la magistrada Begoña Fernández deniega también la imputación del exalcalde de Aller, Gabriel Pérez Villalta, por un delito de malversación de fondos, aunque le mantiene como investigado en la causa por un delito de prevaricación.
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La Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada consideraba en su escrito que estas personas facilitaron la concesión de 30 millones con cargo a los fondos mineros para la construcción de la polémica residencia de Felechosa. Mientras que apuntaba al exalcalde de Aller como partícipe en estos mismos delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos por su participación en el desvío de estos recursos públicos.
La magistrada argumenta para denegar estas solicitudes que los supuestos delitos por parte del ex secretario del Estado de Energía y los otros tres altos cargos del Instituto del Carbón habrían tenido lugar «de forma inequívoca e indiscutible» en Madrid, por lo que este juzgado no tendría competencias para el esclarecimiento de estas presuntas irregularidades. Además, añade en el auto, el delito de prevaricación ya habría prescrito ya que los hechos tuvieron lugar en los años 2008 y 2009, hace más de diez años. Pero también, añade la magistrada, se trata de hechos que que constan en las actuaciones desde el inicio de la instrucción «sin que se hubieren apreciado hasta la fecha elementos indiciarios en su contra en el modo que ahora se pretende». Por si estos argumentos fueran insuficientes, la magistrada considera «dudoso» que las decisiones políticas adoptadas para la modificación de los requisitos establecidos en su día para lograr la total subvención del proyecto «puedan ser revisadas en el curso de la investigación que nos ocupa».
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